La Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate un proyecto de ley que permitirá a hijas, hijos, personas con primer grado de consanguinidad y dependientes de mujeres víctimas de femicidio recibir acompañamiento integral de parte del Estado.

El expediente N° 22872 “Ley de Reparación Integral para personas sobrevivientes de femicidio”, aprobado con 39 votos a favor y 0 en contra, procurará dar seguimiento a las personas afectadas a nivel psicológico y social.

Adicionalmente, establece crear el Fondo Económico de Reparación Integral para Sobrevivientes de Femicidio, administrado por el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU),  a través del cual se brinde un monto económico a las personas beneficiarias equivalente a medio salario base.

Según las cifras del Observatorio de Género del Poder Judicial, desde el año 2007, 400 mujeres han muerto víctimas de femicidio. Como consecuencia más de 517 hijas e hijos, han quedado huérfanos producto de la violencia machista.

La jerarca del Inamu, Marcela Guerrero Campos, calificó la aprobación del proyecto como "un avance muy importante a favor de las familias sobrevivientes de femicidio".

Esta respuesta integral pretende que las víctimas de estos femicidios puedan construir un nuevo proyecto de vida, aportando los recursos económicos para ello, brindando espacios de formación y educación continua y por supuesto, abordando las consecuencias psicológicas de la violencia”. 

Responsabilidades

Dentro de las responsabilidades de las instituciones destaca que la Caja Costarricense de Seguro Social deberá ofrecer asistencia médica, psicológica y psiquiátrica continua y especializada, mediante el mecanismo de aseguramiento por el Estado para cada persona sobreviviente de femicidio.

Adicionalmente, deberá tramitar de manera prioritaria las pensiones por orfandad de aquellas personas menores de edad que quedan en dicha condición después del femicidio de sus madres.

El Patronato Nacional de la Infancia (PANI) será el responsable de incluir a las personas menores de edad afectadas, para que estén en todos los programas institucionales de atención y asistencia técnica, incluyendo atención psicológica, legal, social, becas y otros beneficios.

El INAMU deberá brindar asesoría y representación legal gratuitas en materia penal, de familia o civil según necesidad, para cualquiera de las personas beneficiarias de este régimen que lo requieran, en los procesos judiciales relacionados con la muerte de la mujer víctima de femicidio.

En los educativo, el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) deberá otorgar becas estudiantiles a las personas para que puedan continuar sus estudios tanto primarios y secundarios como técnicos. Las becas serán totalmente gratuitas y continuas. En el caso de estar en el sistema educativo, el IMAS dará acceso priorizado a los programas y subsidios orientados a promover aprendizaje.

Por su parte, el Ministerio de Educación Pública (MEP) se encargará de dar atención psicosocial a las personas  que se encuentren estudiando en el sistema educativo público y facilitar los traslados entre centros educativos cuando estos fueran solicitados.

La posible ley establece que el Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) tendrá la responsabilidad de incluir dentro de sus Programas Especiales del Bono de Vivienda a las personas beneficiarias, para que accedan a bonos de vivienda para uso exclusivo habitacional.

Asimismo, se detalla que en caso de que una persona afectada tenga una condición migratoria irregular o presente dificultades para ingresar al país, la Dirección General de Migración y Extranjería, deberá facilitar de manera prioritaria, expedita y gratuita los trámites necesarios.

Impuestos

Parte de los recursos del Fondo Económico de Reparación Integral para Sobrevivientes de Femicidio, se obtendrán de la Ley de Armas y Explosivos. Específicamente regirá un impuesto del 3% sobre los permisos de portación, inscripción, permisos para importar tiros, fabricación, comercio de armas, municiones, explosivos y pólvora en todas sus presentaciones.

En el caso de personas jurídicas, se deberá presentar un timbre de ¢3000 colones por arma que se quiera inscribir. Mientras que la persona jurídica deberá aportar un timbre de ¢5000 para solicitud por arma. La solicitud del permiso de portación de armas también tendrá un timbre por ¢3000.