El Comité Cantonal de la Persona Joven (CCPJ) de Palmares, denunció "una escalada de violencia de carácter discriminatorio" en el cantón. En un comunicado de prensa emitido esta semana denunciaron que el pasado 10 de abril un hombre de apellido Rojas Cubero de 32 años, en el distrito de Buenos Aires, fue víctima de agresiones que personas dentro de la comunidad califican como un intento de homicidio y a la vez como un crimen de odio.

El CCPJ manifestó su preocupación y condenaron la intolerancia, exclusión y violencia hacia la población LGBTIQ+. Pese a esto, el jefe del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de San Ramón, Pablo Calvo, descartó que se trate de un crimen de esa naturaleza y dijo que que el móvil del suceso fue asalto.

La presidenta del CCPJ de Palmares, Raquel Sagot, sin embargo, calificó de terrible la posición del OIJ.

Se produce una violencia desmedida y desproporcionada al compañero. Me parece preocupante este posicionamiento dado a que ni hablan de un intento de homicidio". 

Rojas Cubero permanece en coma inducido por lesiones graves en la cabeza. Desde el Comité solicitaron a las autoridades "el compromiso de las autoridades de realizar un proceso informativo, responsable y respetuoso de los derechos a la identidad e intimidad y libre autodeterminación tenemos todas las personas. Así mismo desalentar y condenar toda la intolerancia y discriminación por razón de: grupo social, edad, raza, identidad de género, religión, etnia, nacionalidad, discapacidad u orientación sexual".

 

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Adicionalmente, con el objetivo de protestar por la violencia contra Rojas Cubero, el CCPJ convocó a una vigilia en las canchas del campo ferial de Palmares, el próximo sábado 23 de abril a las 5 p.m.

¿Qué es un crimen de odio por orientación sexual ? 

Según la organización especializada en temas de justicia social y ambiental, Hivos, un Crimen de Odio por orientación sexual e identidad de género real o percibida se puede definir como:

“Es un crimen motivado por el odio, desprecio o repudio, que la persona perpetradora siente hacia la identidad o hacia las características que moldean subjetiva u objetivamente la identidad de la víctima tal como es la orientación sexual y la identidad o expresión de género real o percibida, y caracterizado por la violencia y agresividad de la persona perpetradora en rango amplio de acciones. Es una forma de castigar por transgredir una norma social y de transmitir un mensaje amenazante a grupo o colectivo a la cual pertenece la víctima.”

En Costa Rica, los crímenes de odio por orientación sexual e identidad de género no están tipificados. Es decir, no hay un delito que permita sancionar este tipo de agresión y violencia aunque sea un homicidio que se haya realizado justamente por la orientación sexual e identidad de género real o percibida de la víctima.

Dicha situación, explica Hivos, implica que los casos que ocurren no son documentados. Por lo tanto, no hay datos o estadísticas al respecto, aunque esto no significa que no ocurran, sino que simplemente la información no es recolectada de una manera que se pueda segregar.

En la Asamblea Legislativa recientemente se aprobó el expediente 21.652, que incluye dentro de las causas de los homicidios calificados (que tienen penas de 20 a 30 años) los que sean contra una persona "por motivos de odio a causa de su pertenencia a un grupo etario, racial, étnico, religioso, de su nacionalidad, opinión política, situación migratoria, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad o características genéticas".

En Costa Rica, sí existe una figura jurídica de crimen de odio: el femicidio. Este se encuentra regulado en la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres número 8589.