El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este martes, en segundo debate, un proyecto de ley que autoriza al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a cobrar por la reposición reiterada de las cédulas de identidad.

Se trata del expediente 22.822 "Ley para la gestión de las reposiciones de las cédulas de identidad", el cual recibió 39 votos a favor y 0 en contra en su segunda votación, por lo que pasa al Poder Ejecutivo para convertirse en Ley de la República. La iniciativa fue planteada por la presidenta del Congreso, Silvia Hernández Sánchez.

Según dispone el texto votado, el TSE podrá cobrar las reposiciones de las solicitudes de cédula de identidad a partir de la segunda solicitud de reposición en un mismo año calendario; salvo a las personas con discapacidad, adultos mayores, población indígena y cedulación en cárceles. Por vía reglamentaria, el Tribunal podrá establecer otros casos de excepción, teniendo en cuenta criterios de extrema pobreza y desempleo.

El Tribunal no podrá cobrar por las reposiciones de las solicitudes de cédula de identidad dos meses antes e incluso el mismo día que se celebre la elección de la Presidencia y vicepresidencias de la República de Costa Rica, de los diputados y diputadas de la Asamblea Legislativa; y de la elección popular de las autoridades municipales contemplada en el ordenamiento jurídico.

Asimismo, a efectos de la ley, se entenderá por reposición como todas aquellas solicitudes de cédula de identidad cuya causa sea relacionada con el deterioro, extravío, robo o hurto del documento de identidad.

El costo de reposición de la cédula de identidad será definido anualmente por el Tribunal mediante acuerdo tomado al efecto, con base en el principio de servicio al costo, lo cual será divulgado por los medios institucionales correspondientes.

Dato D+: El costo de producción de una cédula de identidad actualmente está determinado en $7.29.

Los dineros que se recauden por el cobro serán depositados en la cuenta de caja única autorizada por la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda, con la denominación Fondo Específico del Tribunal Supremo de Elecciones. Este fondo se destinará al mejoramiento de la prestación de los servicios públicos que son competencia exclusiva del Tribunal. Para disponer de estos recursos se deberá realizar la respectiva inclusión vía presupuesto ordinario o extraordinario de la República, diferenciando debidamente los gastos que se realizarán con cargo al dicho fondo.

El Tribunal reglamentará la ley en un plazo de 12 meses posteriores a su promulgación y la iniciativa entraría a regir como ley 6 meses después de que sea publicada en La Gaceta.

Solo por el cobro de la reposición de las cédulas de identidad para los casos de deterioro, extravío, robo o sustracción, se estima que el Estado costarricense podría estar percibiendo ahorros que en promedio anual rondarían los ¢1734 millones de colones.

A partir de las estadísticas del TSE, entre enero 2016 a agosto 2021 un 74,3% de las solicitudes de cédulas de identidad tramitadas correspondieron a reposiciones por motivos de extravío, robo o hurto y renovación por deterioro.

El Tribunal Supremo de Elecciones ha implementado un protocolo para la atención de multiplicidad de trámites, con el propósito generar conciencia en la importancia del cuido necesario de la cédula de identidad entre las personas ciudadanas, ya que en muchos casos los usuarios solicitaban en un mismo mes más de una cédula de identidad y en algunas oportunidades hasta 3 o 4 documentos en un mismo año. Particularmente, se tienen registros de personas que durante su mayoría de edad o adultez han solicitado hasta 150 cédulas de identidad.