Un habilitador fundamental del proceso de transformación digital que atraviesan los países, incluido Costa Rica, es el marco regulatorio. De la calidad e idoneidad de ese marco puede depender el éxito de la transición hacia una sociedad digital inclusiva y respetuosa de los derechos fundamentales. Sin embargo, elegir un modelo regulatorio adecuado no es tarea fácil.

Por un lado, la innovación tecnológica avanza a un ritmo acelerado y dinámico, mientras que las regulaciones —rígidas por naturaleza— toman un tiempo considerable en adoptarse. Esto provoca un círculo vicioso de desfase en el que la legislación, cuando finalmente llega, nace ya desactualizada. Por otra parte, una excesiva o deficiente regulación puede comprometer la innovación y los beneficios aparejados.

Sin embargo, no regular del todo tampoco es una alternativa razonable, especialmente ante los riesgos sistémicos y los efectos colaterales de la tecnología. En el contexto actual, toda empresa, organización e institución que quiera insertarse y participar de los beneficios de la economía digital, debe poner al ser humano en el centro de sus políticas y comprometerse con la sostenibilidad. La regulación debe apoyar esos objetivos sin obstaculizar ni sacrificar las bondades de la economía digital.

Todo lo anterior lo tiene claro la Unión Europea, que recientemente ha propuesto un robusto paquete de regulaciones para la denominada “década digital”, así como una Declaración sobre Derechos Digitales, que incluye el derecho de toda persona a la conectividad, a educación digital, a servicios públicos digitales, entre otros. Del paquete hacen parte leyes para regular los servicios y los mercados digitales (“Digital Services Act” y “Digital Markets Act”), con un especial énfasis en transparentar el funcionamiento de las plataformas digitales y las redes sociales, así como garantizar una competencia justa entre los distintos actores de la economía digital. Europa también ha sido pionero en la propuesta de regulaciones para tecnologías emergentes específicas, como la Ley de Inteligencia Artificial (la denominada “AI Act”).

Si bien esta ola regulatoria europea sirve de referencia, Costa Rica no es Europa. Factores como la limitación de recursos, una institucionalidad ineficiente, el tortuoso proceso legislativo, la ausencia de espacios de colaboración, y la poca apropiación digital de los tomadores de decisión, comprometen la adopción eficiente de regulaciones aptas para gestionar los riesgos de la sociedad 4.0. Nuestra pequeña economía, además, está basada en la apertura comercial y los servicios transfronterizos, lo cual tiene implicaciones sobre la manera en que se deben construir las políticas y regulaciones.

Costa Rica debe migrar hacia un modelo de regulación inteligente del espacio digital. Una regulación que involucre marcos innovadores y adaptativos que se basen en la experimentación, en el ensayo y error, la consecución de resultados, y la gobernanza colaborativa. En concreto, una regulación inteligente se compone, como mínimo, de lo siguiente:

  1. Instrumentos de “derecho blando” (soft law): se trata de instrumentos orientativos no vinculantes, como las declaraciones o principios éticos, los códigos de conducta, la autorregulación, las guías de mejores prácticas, o estándares técnicos como los de la ISO. La ventaja de estos instrumentos es que son de rápida adopción y permiten orientar al mercado hacia los objetivos de política pública que se desean alcanzar.
  2. Experimentación regulatoria: la regulación del ciberespacio y la tecnología tiene que estar basada en evidencia empírica que permita a las partes interesadas co-crear, colaborar e identificar en conjunto los riesgos de introducir una innovación en el mercado. La improvisación en este campo puede salir cara, especialmente porque las leyes, una vez adoptadas, permanecen vigentes por muchos años y reformarlas es una tarea titánica. En esta línea, el país se puede beneficiar de implementar sandboxes regulatorios, es decir, espacios seguros de prueba donde los innovadores pueden testear sus productos o servicios digitales en una porción controlada del mercado, para que los reguladores obtengan información y evidencia sobre los riesgos aparejados y construir así una regulación informada. También se pueden idear laboratorios o prototipos de políticas públicas que permitan probar la efectividad de una determinada norma o medida que se quiera poner en vigor.
  3. Cláusulas limitativas: por último, el diseño normativo se beneficiaría de la implementación de las denominadas “cláusulas limitativas” (“sunset clauses”). A través de este tipo de cláusulas, las regulaciones se implementan con un periodo predeterminado de vigencia, luego del cual el regulador debe verificar la eficacia real que tuvo la medida. Si la regulación no cumplió su cometido, quedará automáticamente derogada. Este tipo de modelos fomentan la innovación a la vez que se promueven reglas verdaderamente efectivas.

En cualquier caso, no debe olvidarse que el ciberespacio es un mundo regulado no solo por leyes o normas vinculantes. Como bien lo señalaba el reconocido jurista de la Universidad de Harvard, Lawrence Lessig, sobre este mundo de los “bits” también influyen el mercado, las normas sociales y, sobretodo, el código que conforma la arquitectura de lo digital. Cualquier regulación que se procure introducir debe tomar en cuenta la interrelación de esas cuatro fuerzas.

La Costa Rica digital demanda un marco regulatorio moderno que permita alinear el desarrollo tecnológico con los valores de la dignidad humana, la sostenibilidad y la democracia. Una regulación inteligente es un primer paso en esa dirección.

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio. Delfino.CR es un medio independiente, abierto a la opinión de sus lectores. Si desea publicar en Teclado Abierto, consulte nuestra guía para averiguar cómo hacerlo.