El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, y sus ministros de Hacienda, Elian Villegas Valverde y de Obras Públicas y Transporte, Rodolfo Méndez Mata; y previamente el ministro de Salud, Daniel Salas Peraza, firmaron hoy la Ley “Condonación de las deudas acumuladas relacionadas al pago del marchamo” (10.119), en un acto realizado en Casa Presidencial, donde también asistió el diputado del PAC Luis Ramón Carranza, proponente principal de la iniciativa.

La firma se dio a pesar de que el Instituto Costarricense de Seguros había anunciado en días anteriores que no había sido consultado sobre la versión final del texto, a pesar de que condona los montos pendientes del Seguro Obligatorio de Automotor (SOA). Según informaron desde el INS en 2020 los ingresos por pagos de periodos anteriores del SOA sumaron ₡3.272 millones, por lo que esta condonación afectaría al alza el precio del SOA 2023.

Dato D+: El decreto legislativo 10. 074, Ley para el alivio en el pago del marchamo 2022, fue vetado totalmente por razones de constitucionalidad debido a que no había sido consultado al INS, ya que las consultas a esa entidad son obligatorias por tratarse de una institución autónoma.

Esta ley adiciona un transitorio V a la Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18a del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano (Ley 7088), para condonar el total del principal, ajustes, intereses, multas y sanciones correspondientes al impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores pendientes de periodos anteriores al año 2021 inclusive, así como los seguros, timbres y cánones administrados por el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), el Consejo de Seguridad Vial (CSV), el Consejo de Transporte Público (CTP) y el Instituto Nacional de Seguros (INS).

La nueva ley fue publicada de forma inmediata en el Alcance 11 de La Gaceta 13 del 21 de enero del 2022, por lo que la posibilidad de pagar el marchamo 2022 y recibir la condonación debe hacerse antes del 13 de abril.

La condonación se aplicará únicamente a vehículos automotores y motocicletas, excluyendo de la norma a embarcaciones y aeronaves, así como los vehículos propiedad de los altos jerarcas de la Administración Pública. Adicionalmente, en el caso de desinscripción de vehículos automotores por desuso, la disposición se aplicará a todos los períodos adeudados.

Sobre la nueva ley el presidente Alvarado destacó que este proyecto viene a beneficiar a las personas que se han visto morosas con su derecho de circulación al tiempo que no se afecta la hacienda pública: “esta iniciativa apoyará a aquellos ciudadanos que tienen su motocicleta o su vehículo para actividades económicas como agricultores, mensajeros, entre otros”, dijo.

Esta nota fue actualizada el 21 de enero a las 7:30 p.m. para incluir que la información de publicación de la ley en el diario La Gaceta.