El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este martes en segundo debate, con 42 votos a favor y ninguno en contra el expediente 22.687 "Ley para la condonación de las deudas acumuladas relacionadas al pago del marchamo". 

Según la redacción aprobada, los obligados al pago de marchamo que tengan pendiente el pago del 2021 hacia atrás tendrán condonación total del principal, ajustes, intereses, multas y sanciones, siempre que paguen el marchamo del 2022 en los tres meses posteriores a la vigencia de esta ley.

La condonación aplicará para tributos, timbres, seguros y cánones administrados por el Ministerio de Hacienda, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Consejo de Seguridad Vial (CSV), Consejo de Transporte Público (CTP), y el Instituto Nacional de Seguros (INS) correspondientes al impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, y sus demás rubros.

La condonación será efectiva con el solo pago del derecho de circulación correspondiente al año 2022.

Además, la iniciativa dispone que quienes quieran desincribir vehículos automotores por desuso serán beneficiaros de la condonación de todos los periodos adeudados.

La condonación no será aplicable a ningún vehículo de cualquier tipo o motocicleta, propiedad personal o de sus cónyuges o convivientes, así como aquellos registrados a nombre de personas jurídicas en las que tengan participación los miembros de los Supremos Poderes, el presidente de la República, los vicepresidentes, los ministros y viceministros, los diputados, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, el contralor y subcontralor de la República, el procurador y subprocurador General de la República, la defensora y defensora adjunta de los Habitantes, el superintendente General de Entidades Financieras (Sugef), el superintendente General de Valores (Sugeval), el superintendente General de Seguros (Sugese), el superintendente General de Pensiones (Supén), los jerarcas y miembros de las juntas directivas de los bancos del Estado y de las instituciones públicas, los alcaldes, vicealcaldes e intendentes.

Esta condonación aplicará únicamente a vehículos automotores y motocicletas (se estima que adeudan unos 800 mil marchamos). No habrá condonación para embarcaciones y aeronaves.

El proyecto pasa ahora al Poder Ejecutivo para su sanción o veto. Si es firmada como Ley de la República, entrará a regir una vez se publique en el Diario Oficial La Gaceta, momento a partir del cual la condonación podrá ser aplicada.