El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada y el ministro de Salud, Daniel Salas Peraza firmaron el decreto ejecutivo que oficializa la vacunación obligatoria para los empleados del sector públicos, a partir del 15 de octubre.

Se trata del Decreto Ejecutivo N° 43249-S, el cual oficializa la decisión de la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología (CNVE) de establecer la obligatoriedad de la vacuna para todas las personas funcionarias del sector público, así como para aquellos empleados del sector privado cuyos patronos, dentro de sus disposiciones laborales internas, hayan optado por incorporar la vacunación contra la COVID-19 como obligatoria en sus centros de trabajo.

"Existe un marco jurídico lo suficientemente amplio que consigna y respalda la potestad de las autoridades competentes para establecer la obligatoriedad de una vacuna, en este caso, contra el [sic.] COVID-19 y según la disponibilidad de la misma, debido a que se considera necesaria a fin de garantizar la protección del derecho a la salud y a la vida, así como el resguardo de la salubridad pública", dice el decreto firmado.

Según dice el decreto firmado, para cuando sean citados por los encargados para tal efecto y de acuerdo con la planificación institucional respectiva, las personas sometidas al decreto deberán vacunarse, con excepción de aquellos funcionarios que por contraindicación médica debidamente declarada, no les sea posible recibir la vacuna.

Asimismo, señala que será responsabilidad del patrono tomar las medidas correspondientes de acuerdo con la legislación del país y la normativa institucional, en el caso de los trabajadores que no quieran vacunarse contra el coronavirus.

El decreto cita varios cuerpos legales como fundamento para la decisión adoptada, entre ellos los artículos 21, 50, 140 incisos 3), 8), 18), y 146 de la Constitución Política; artículos 25, 27 inciso 1) y 28 inciso 2.b) de la Ley General de la Administración Pública; artículos 282 y 285 del Código de Trabajo; artículos 1, 2, 4, 6, 7, 37, 150, 337, 338, 340, 341 y 345 punto 3) de la Ley de Salud; artículos 1, 2, 6 y 57 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud; artículo 46 del Código Civil; y la Ley Nacional de Vacunación.

También señala el Decreto Ejecutivo N° 32722-S del 20 de mayo de 2005, Reglamento a la Ley Nacional de Vacunación; el Decreto N° 42227-MP-S del 16 de marzo de 2020, Declara estado de emergencia nacional todo el territorio nacional de la República de Costa Rica debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19; y el Decreto Ejecutivo N° 42889-S denominado “Reglamento a la Ley Nacional de Vacunación” y establecimiento de la Obligatoriedad de la Vacuna del Covid-19.