Un estudio reciente de Consumidores de Costa Rica y la empresa CID Gallup demostró que la mayoría de los costarricenses consultados rechazan los impuestos actuales a los cigarrillos y los que traería la ley 21658.  

El informe, Estudio de percepción de iniciativas acerca del fumado en Costa Rica, contó con una muestra de 420 entrevistas segregadas en un 50% realizadas a fumadores y un 50% realizadas a no fumadores, realizadas entre el 9 y el 25 de agosto de 2021, con un margen de error del ±4.7.

Entre los datos del estudio, se destaca que:

  • Casi el 80% de las personas fumadoras entrevistadas quieren dejar de fumar.
  • El 70% está dispuesto a utilizar mecanismos alternativos para hacerlo.

Los datos contrastan con la iniciativa de los diputados de impulsar medidas impositivas fiscales que encarecerían estas alternativas e impedirían que más personas accedan a mecanismos alternativos para dejar de fumar donde se incluyen dispositivos libres de humo.

Entre los hallazgos  del estudio se señala que más de la mitad de los entrevistados afirman que los impuestos son un mecanismo ineficaz para disminuir el fumado o dejar de fumar.

Asimismo, cuatro de cada diez fumadores opinan que estos impuestos son destinados a la burocracia estatal y no a los objetivos para los que son diseñados.

Para quienes son fumadores, las iniciativas de educación e información, son las más provechosas para la reducción del fumado, sobre aquellas coercitivas.

El estudio también señala que tres de cada cinco informantes, independientemente de si son fumadores o no, consideran que las estrategias implementadas por el gobierno para reducir el consumo de tabaco en el país resultan ineficientes. Creen, además, que las medidas son para satisfacer los intereses de algunos sectores del país y no para mejorar la salud pública.

Según el vicepresidente de CID Gallup, Esteban Álvarez, que las medidas efectuadas hasta la fecha para evitar el fumado son poco efectivas. Ejemplifica que las advertencias en las cajetillas de cigarrillos no impactan en la decisión individual de fumado.

Para el vicepresidente de Consumidores de Costa Rica, Gilberto Campo, el estudio pone sobre la mesa dos nuevas aristas.

Por un lado que imponer nuevos impuestos no sirvió y no sirve para nada, puesto que la percepción es que el consumo de tabaco más bien ha aumentado en los últimos 5 años, incluyendo aquí el contrabando, siendo necesario que los diputados se apeguen a la ciencia y a la técnica, sin dejarse llevar por influencias programáticas en estos temas”.

El pasado 28 de setiembre, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) notificó a la Asamblea Legislativa que no encontró ninguna de las inconstitucionalidades de procedimiento ni de fondo que fueron alegadas por un grupo de diputados, contra el proyecto de ley que pretende imponer nuevos impuestos a los vapeadores y tecnologías similares, tramitado en el expediente 21.658.

Por resolución 2021-21204, la Sala evacuó la consulta formulada por María Inés Solís, Pablo Heriberto Abarca, José María Guevara Navarrete, Aracelly Salas Eduarte, Shirley Díaz Mejía, Otto Roberto Vargas, Pedro Muñoz Fonseca, Erwen Masís Castro, Erick Rodríguez Steller, Zoila Volio Pacheco, Ignacio Alpízar Castro, Oscar Cascante Cascante, Dragos Dolanescu Valenciano y Melvin Nuñez Piña.

Los legisladores consultaron si el proyecto constituía una doble imposición jurídica y económica sobre el tabaco, sus derivados y sistemas de vaporización electrónico, además de si trasgredía el principio de no confiscatoriedad; de si el proyecto era inconstitucional por falta de respaldo científico, falta de razonabilidad técnica y falta de vinculación a la ciencia; y si el proyecto trasgredía el derecho al desarrollo sostenible, a la libertad de empresa y comercio, así como el derecho a la calidad de vida; si el proyecto violaba los principios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad de la medida; el principio de legalidad, de seguridad jurídica y de reserva de ley.

La Sala desestimó que el proyecto constituya una doble imposición tributaria, pues el texto del proyecto está redactado de tal forma que dista de permitir llegar a esa conclusión.