El Ministerio de Hacienda anunció esta semana que el Registro Nacional empezó a publicar en el Diario Oficial La Gaceta el listado de 76.819 sociedades que serán disueltas en los próximos meses, por no pagar el Impuesto a las Personas Jurídicas durante tres o más periodos fiscales consecutivos.

La medida obedece al artículo 7 de la Ley 9428 e incluye a todas las personas jurídicas que la Dirección General de Tributación listó en la certificación DGT-DR-CER-001-2021 del pasado 15 de abril del 2021, correspondiente a los periodos 2017, 2017, 2019, 2020 y 2021.

El impuesto a las personas jurídicas se paga una vez al año. El plazo para hacerlo sin recargo vence el 31 de enero y esta obligación deben cumplirla las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, las empresas individuales de responsabilidad limitada, las casas extranjeras, las sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada, en comandita o colectivas y las empresas individuales de responsabilidad limitada, cuya numeración inicia con 3-012, 3-101, 3-102, 3-103, 3-104 y/o 3-105.

El listado empezó a publicarse el martes en La Gaceta y puede acceder a él en estos enlaces: listado del martes, listado del miércoles, listado del jueves.