Por Vinicio Arias Chacón – Estudiante de carrera de Derecho

La pandemia producida por el virus COVID-19 tuvo un fuerte impacto en diversos grupos y sectores laborales, con ello produjo suspensiones contractuales, despidos y cierres de múltiples empresas en el país. De esta manera, ha afectado a miles de personas que se quedaron sin empleo y sin fuente de ingresos para poder mantener sus familias y pagar las deudas de la cotidianidad. Esta pandemia ha impactado, especialmente, a las personas con la obligación del cumplimento del pago del apremio corporal, ya que no tienen una fuente de ingresos estables para poder cumplir con dicho deber. Por ello, es de suma importancia conocer cómo proceder en estos casos, cuando la fuente de ingresos no es suficiente para poder saldar la deuda pendiente, y cómo implementar soluciones para esta problemática.

Inicialmente se debe tener en claro qué es el apremio corporal o falta de pago de la pensión alimentaria. Es una medida que priva de la libertad bajo el arresto en una prisión para la obtención del pago de las obligaciones que no se han cumplido. Esta medida está estipulada dentro de la Ley 7654 llamada Ley de Pensiones Alimentarias, en el texto del artículo 24 dedicado al apremio corporal en específico.

Entendido el concepto sobre el apremio corporal, se debe plantear la siguiente pregunta: ¿cómo se procede en el caso de que un deudor no pueda pagar la pensión alimentaria debido al desempleo o la suspensión de contrato de trabajo producido por la pandemia? Según datos del Instituto Nacional de Estadística el país pasa por una grave situación de desempleo con índices por encima del 20%, por lo que se debe tomar en consideración que muchos de estos deudores incumplen con el pago debido a que no tienen una fuente estable de ingresos. Por ende, la Ley debe flexibilizarse con este tipo de casos, ya que no es la intención de los deudores incumplir con la obligación.

Por ello, se busca una iniciativa para ayudar a los deudores que no puedan saldar las deudas de pensión alimentaria. Inicialmente, el Estado dicta que se puede solicitar un permiso especial para la búsqueda de trabajo en caso de que se encuentre en la situación de que el contrato laboral esté suspendido. Igualmente se puede coordinar un acuerdo para el pago en tractos o una disminución del monto a pagar aportando las pruebas respectivas que le confirmen la imposibilidad del pago de esta deuda, por la disminución de los ingresos.

La jueza de familia Mauren Solís Madrigal propuso un proyecto para la liberación de las personas que se encuentren privadas de libertad, por motivo de la deuda de pensión, el cual fue acogido posteriormente por el diputado del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC), Otto Roberto Vargas. En este proyecto se pretende evitar las detenciones si se trata de situaciones fuera de la normalidad producidas por la pandemia. También se plantea que esta propuesta de pensiones con reducciones en el monto pueden llegar a afectar el nivel de vida que se acostumbra en los beneficiarios; sin embargo, lo que se pretende es que se cumplan con las necesidades básicas.

Por otra parte, el diputado Dragos Dolanescu, igualmente del partido PRSC, presentó el plan 21.878, el cual les da la potestad a los jueces de contener las órdenes de apremio por un periodo de tres meses prorrogable según las necesidades de los afectados por las suspensiones contractuales, la disminución de la jornada e incluso el despido. Asimismo, se toman en consideración los trabajadores independientes o profesionales liberales que prueben que sus ingresos netos están por debajo del 20% en comparación de años pasados (Miranda, 2020)

Es de suma importancia que se les dé apoyo a las personas que no tienen la posibilidad de pagar la pensión alimentaria, por lo que se necesitan más iniciativas para poder hacer justicia ante estos casos que por fuerza mayor no están permitiendo que los deudores cumplan con la obligación del pago. De igual manera, es importante que los que se encuentren en dicha situación expresen ante las autoridades correspondientes la situación en la que se encuentran, para que de esta manera puedan justificar de manera correcta el porqué del incumplimiento.

 

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Referencia bibliográfica:
  • Miranda, H. (2020, 19 de mayo). Proyectos que buscan ayudar a deudores de pensiones alimentarias por la pandemia. Seminario Universidad. https://semanariouniversidad.com/pais/cinco-proyectos-buscan-ayudar-a-deudoresde-pension-alimentaria-afectados-por-pandemia/