Por Valery Alfaro Ulate - Estudiante de la carrera de Derecho

La constitucionalidad del derecho internacional o interno de los Estado es un proceso de suma importancia jurídica y política para este mundo contemporáneo que llamamos hogar. Esa constitución trae grandes aportes a las naciones porque trae consigo beneficios como la protección de los derechos de las personas y una limitante del poder estatal. Según los aportes que nos proporciona la historia, esta creación de Estados que se incorporaban a alianzas y tratados tuvo su auge luego de la Segunda Guerra Mundial en 1945, cuando grandes potencias militares se aliaron para buscar soluciones contra conflictos tan bruscos y despiadados como lo fue el caso de Alemania. Todas esas alianzas fueron una búsqueda en la que todos los países coincidían: la protección de los derechos humanos.

Parece preciso plantear la pregunta por la cual estamos aquí: ¿el derecho internacional es un área del derecho práctica o solo un ideal filosófico? Para responder a esta incógnita se hará el uso de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969), la cual cita textualmente lo siguiente:
Teniendo presente los principios del derecho internacional incorporados en la Carta de las Naciones Unidas, como son los principios de la igualdad de derechos y de la autodeterminación de los pueblos, la igualdad soberana, y la independencia de todos los Estados, la no intervención en los asuntos internos de los Estados, la prohibición de amenazas o del empleo de la fuerza, así como el respeto y la observancia universales de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de todos los individuos, creyendo que la codificación y el desarrollo progresivo del derecho”.

Por lo que se deduce del texto anterior, el derecho internacional es pragmático y se ve plasmado desde la antigüedad en convenciones tan importantes para la humanidad como son los tratados internacionales. ¿Cómo sería solo una simple filosofía si tiene principios que se toman en cuenta a la hora de redactar tratados internacionales?

El derecho internacional nos acompaña en todo lo que hacemos y los mayores tratados de la historia han sido regidos por este a través de muchas décadas, es regulador de relaciones en el exterior y creador de jurisdicción para la búsqueda del bien común. El derecho internacional se encuentra en la cima de los derechos prácticos y es tan común que no nos damos cuenta de que lo aplicamos en todo lo que hacemos.

Según Francisco Jiménez García (2001), la realidad existencial del Derecho internacional público, como ordenamiento jurídico de la Comunidad internacional, parece actualmente incuestionable. No solamente el Derecho internacional es invocado por los Estados en el normal desarrollo de sus relaciones internacionales, bien para determinar la naturaleza y el alcance estrictamente internacional de sus compromisos y de los derechos y obligaciones en ellos reconocidos, bien para constatar la corrección, en términos jurídicos, de su conducta unilateral, recíproca o multilateral, o ya sea, finalmente, para excusar o justificar aquellos comportamientos que resultan contrarios a las obligaciones enunciadas en la normativa internacional. Por lo que parece preciso recalcar que el derecho internacional da un aporte gigantesco y pragmático a nuestras relaciones cotidianas, lo que nos hace sustentar y refirmar la hipótesis de la práctica en todos sus sentidos.

 

MOXIE es el Canal de ULACIT (www.ulacit.ac.cr), producido por y para los estudiantes universitarios, en alianza con el medio periodístico independiente Delfino.cr, con el propósito de brindarles un espacio para generar y difundir sus ideas.  Se llama Moxie - que en inglés urbano significa tener la capacidad de enfrentar las dificultades con inteligencia, audacia y valentía - en honor a nuestros alumnos, cuyo “moxie” los caracteriza.

 

Referencia bibliográfica:
  • Jiménez García, F. (2001). El derecho internacional como necesidad y factor social. Reflexiones sobre el fundamento, concepto y método. Revista Española De Relaciones Internacionales. file:///C:/Users/PC/Downloads/Dialnet-ElDerechoInternacionalComoNecesidadYFactorSocial-4844050%20(1).pdf