La Contraloría General de la República (CGR), ente fiscalizador de la Hacienda Pública e institución auxiliar de la Asamblea Legislativa, realizó una auditoría sobre los estados financieros de la Fábrica Nacional de Licores (Fanal) correspondientes al 2020, emitiendo una opinión negativa debido a múltiples inconsistencias encontradas.

Según el informe DFOE-SOS-IF-00005-2021 fechado el 27 de septiembre, Fanal registra un saldo de 5093 millones de colones en las cuentas de Maquinaria, equipo y mobiliario; 1226 millones de colones en la partida de Terrenos y 5474 millones de colones en la partida de edificios; sin embargo, no realiza avalúos sobre esos bienes desde el año 2012, pese a que las Norma Internacional de Contabilidad (NIC) número 16 dispone que esas partidas deben ser revaloradas con la suficiente regularidad, para asegurar que el importe en libros no difiera significativamente del que podría determinarse utilizando el valor razonable al final del período sobre el que se informa.

En igual sentido, la Contraloría encontró que Fanal no efectúa análisis de indicios de deterioro de sus activos, por lo que se desconoce si estos han perdido valor respecto al saldo en los registros contables, a pesar de que la NIC 36 dispone que ese análisis debería efectuarse, como mínimo, al finalizar cada periodo.

Además, se encontró que en las cuentas por pagar a largo plazo figuran 13.509 millones de colones por deudas que Fanal tiene por el concepto del pago de impuestos con el Ministerio de Hacienda, el Instituto de Desarrollo Rural y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Sin embargo, la auditoría encontró que respecto a la deuda con Hacienda, "no se cuenta con respaldos exactos e íntegros del saldo en relación con el comportamiento de la deuda desde su registro inicial hasta el cierre del período auditado".

La Contraloría también encontró que en los estados financieros consta un anexo una cédula tributaria, elaborada para estimar el impacto financiero de lo que podría llegar a ser la deuda total de la Fábrica por el pago de impuestos, que asciende a 41.361 millones de colones; pero tampoco se encontró el supuesto o criterio técnico de ese cálculo; además que dicha cédula tributaria no se actualiza desde el 31 de diciembre del 2020, por lo que se evidencia que Fanal no tiene certeza sobre la fiabilidad de esa estimación.

Por otro lado, se halló que las cuentas por cobrar a corto plazo por ₡2311 millones están sobrevaluadas, debido a que al 31 de diciembre de 2020 estaban pendientes de conciliar registros contables correspondientes a los períodos 2004, 2019 y 2020 por ₡388 millones, los cuales fueron conciliados hasta en los primeros meses del período 2021. Asimismo, al cierre del período 2020 existen registros pendientes de depurar de los años 2015 y 2019 y registros duplicados de notas de débito.

Inclusive, la Contraloría halló que fanal registra 877 millones de colones como importe de incobrabilidad, pero cuyo respaldo es una política de la fábrica del año 2007, que hace referencia a una directriz de la Dirección General de Contabilidad Nacional que fue derogada desde el año 2012.

Y respecto a ingresos tributarios, el ente fiscalizador encontró que Fanal registra 41.170 millones de colones en esa cuenta, en la cual se halló un auxiliar contable con un saldo que no coincide con el que fue presentado en los estados financieros al cierre del 2020, cuya diferencia asciende a 830 millones; y que aunque se solicitó la justificación correspondiente, la información suministrada en distintas ocasiones no justifica esa diferencia.

La Contraloría afirmó que sus conclusiones se basan en la evidencia de auditoría obtenida hasta la fecha del informe, sin embargo, "situaciones futuras tales como la materialización de contingencias por pagos de impuestos que establece la legislación aplicable, pueden ser causa de que la Fábrica deje de operar como una empresa en funcionamiento".

Por todas las deficiencias encontradas, la Contraloría emitió una opinión adversa sobre los estados financieros examinados, pues "no se presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)".

Dado que el CNP [Consejo Nacional de la Producción] administra como unidad adscrita a la Fanal, de conformidad con el artículo 50 de la Ley n.° 2035, se comunica a la administración de ese Consejo, el alcance y el momento de realización de los procedimientos de la auditoría planificados y los hallazgos significativos de la auditoría, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de la auditoría, la cual se consiga en el informe de situaciones significativas de control.

Delfino.cr solicitó al CNP una reacción sobre los hallazgos de la Contraloría, sin embargo, se nos indicó que al ser un informe reciente aún lo están analizando y que lo allí expuesto no coincide con su información, por lo que no se referirían al tema por ahora.