El ministro de Obras Públicas y Transportes (MOPT), Rodolfo Méndez Mata, propuso a la Asamblea Legislativa una ley para que empresas o personas físicas que tengan procesos judiciales en curso por corrupción, no puedan participar en contrataciones que haga el MOPT o alguno de sus órganos desconcentrados.

La iniciativa, pendiente de que se le asigne un número de expediente en el Congreso, lleva como nombre “Ley de medidas preventivas en la actividad contractual promovida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y sus órganos desconcentrados con personalidad jurídica instrumental”.

Según explicó el MOPT en un comunicado de prensa, el proyecto pretende que las empresas y personas que se vean envueltas en actos de corrupción por hechos vinculados con procedimientos de contratación del ministerio o de sus órganos desconcentrados, no puedan participar de forma directa o indirecta en nuevas contrataciones con ese Ministerio o alguno de sus órganos.

"El proyecto busca garantizar la transparencia de los procesos de contratación pública que promueve el MOPT y evitar que se otorguen nuevos contratos a personas físicas y/o jurídicas que no resultan ser contratistas idóneos, dado que las eventuales consecuencias de procesos judiciales en curso, pueden comprometer la eficiente y eficaz ejecución de los contratos", dijo el MOPT.

La ley sería aplicable también a la actividad contractual promovida por medio de fideicomisos, unidades gestoras o cualquier otro mecanismo de gestión indirecta del MOPT y de los órganos desconcentrados, incluyendo el supuesto de actividad contractual sujeta a un régimen especial y temporal de contratación en el marco de la ejecución de programas de financiamiento externo.

También plantea que este impedimento no sea levantado por un cambio en la condición de directivo, representante legal o accionista con posterioridad a la imposición de las medidas cautelares, sino que subsista por todo el plazo de vigencia de dichas medidas.

En el caso de que la causa del impedimento sea posterior a la fecha de la presentación de la oferta en el procedimiento de contratación respectivo, la oferta será archivada y la garantía de participación, de haberse requerido, será devuelta al oferente respectivo.

Para el caso de contratos ya otorgados, se aplicarán "las medidas precautorias que disponga el ordenamiento jurídico" y dispone que la Administración deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que la ejecución contractual sea conforme con el marco contractual y normativo aplicable; además de ordenar la no participación en la ejecución contractual de las personas físicas sobre las que pesen las medidas cautelares judiciales referidas en la Ley.

En caso de incumplimiento, el proyecto propone que se considere "falta grave" del contratista, dando lugar a la resolución contractual sin responsabilidad para la Administración. Mismo calificativo de "falta grave" se le daría a la omisión de cumplimiento del deber de velar por la aplicación del impedimento por parte de los funcionarios competentes dentro del procedimiento de contratación.

De ser aprobada en los términos planteados por el ministro, la ley impediría a las personas físicas o jurídicas sobre las que pesen medidas cautelares fijadas por una autoridad judicial, participar en los procedimientos de selección de contratistas que se promuevan en el ámbito institucional, directamente o a través de mecanismos de gestión indirecta.

"Este impedimento se aplicaría en cualquier etapa del procedimiento de contratación, excepto cuando ya se tenga un contrato otorgado en firme, y regiría por el lapso en que esté vigente la medida cautelar dictada por la autoridad judicial", agregó el MOPT.

El Ministerio afirmó que esa limitación es una "medida razonable para salvaguardar el interés público" vinculado a los procedimientos de contratación que promuevan el MOPT y sus órganos desconcentrados: Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), Consejo de Transporte Público (CTP), Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), Consejo Técnico de Aviación Civil (CETAC), y el Consejo Nacional de Concesiones (CNC).