El diputado oficialista, Mario Castillo Méndez, sufrió la noche de este domingo un accidente de tránsito por conducir bajo los efectos del alcohol, según confirmó el legislador en sus redes sociales oficiales.
Castillo, según relató, se dirigía alrededor de las 8:00 pm hacia su casa en Cartago, cuando perdió el control del automóvil, se salió de la carretera y chocó contra un poste del alumbrado eléctrico, sufriendo golpes que requirieron que fuera trasladado a un centro médico.
El legislador afirmó que ninguna otra persona resultó herida en el accidente y que pedía disculpas a los costarricenses, pues había tomado la decisión de conducir después de consumir bebidas alcohólicas.
Me siento muy avergonzado de estos hechos y quiero disculparme especialmente con mis seres queridos por toda la preocupación que les he provocado. Ellos saben la situación por la que atravieso desde hacer varios meses y lo mucho que me ha costado seguir adelante. Reconozco que no he logrado afrontar apropiadamente las emociones por la muerte de mi madre, mi esposa y mi hijo. Perder a 3 de las personas más importantes ha sido una de las pruebas más difíciles de mi vida.
Castillo afirmó que comprendía lo reprochable de la situación, ya que al ser diputado de la República se le exigía actuar responsablemente en todos los ámbitos de su vida; que se trató de un grave error personal y que asumiría todas las consecuencias que correspondan.
El diputado anunció que usará los próximos días para meditar con su familia, seres queridos y compañeros diputados lo ocurrido y tomar las decisiones que considere mejor para todos. Delfino.cr supo que se baraja renunciar a la curul, lo que daría paso a que la diputación sea asumida por Eduardo Solano, quien anunció días atrás su renuncia al viceministerio de Seguridad.
En horas de la mañana, el Ministerio Público confirmó que Castillo fue detenido por el delito de conducción temeraria, sancionado con cárcel de 1 a 3 años posible de conmutar con una multa no menor a un salario base ni mayor a tres salarios base; y con pena de inhabilitación para conducir vehículos de dos a cuatro años.