El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, firmó como Ley de la República la condonación a deudores del Sistema Banca para el Desarrollo, sin embargo, el Gobierno anunció que la legislación será reglamentada para establecer filtros y requisitos específicos a los beneficiarios, dado que el Congreso no los incluyó cuando promulgó la legislación.

Según la Casa Presidencial, Alvarado firmó el Decreto Legislativo 9966 y lo envió a publicar al Diario Oficial La Gaceta, bajo el entendido de que será promulgado un reglamento por el propio Poder Ejecutivo para que los beneficiarios sean los micro, pequeños y medianos productores.

De acuerdo con Zapote, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) establecerá en el reglamento los procedimientos a seguir por el ministerio y el Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) en la ejecución de la ley, para que, siguiendo la naturaleza del SBD, el beneficio principal vaya dirigido a las Mipymes agropecuarias.

"Sería el MAG el ente encargado de recibir y validar las solicitudes de los potenciales beneficiarios, así como de la categorización del tamaño de cada uno de los potenciales beneficiarios para que se cumpla con las condiciones de micro, pequeño y mediano productor agropecuario. Además, el reglamento establecería filtros y requerimientos específicos para los solicitantes según el tamaño de cada empresa", explicó Presidencia.

La propuesta definiría que los montos más pequeños, los cuales se estima serían el 93% de las condonaciones de micro, pequeños y medianos productores, cuenten con procedimientos expeditos.

Para el siguiente escalón, con montos superiores, el SBD deberá efectuar un análisis mayor del beneficio al productor y su efectiva afectación, que se desprenda de las documentación que demuestre la incapacidad del solicitante de hacer frente a la operación crediticia a condonar.

En un tercer escalón, para los casos de operaciones con intermediarios, los trámites y análisis tenderían a garantizar que sea por el productor final, liberando además sus garantías.