El diputado Oscar Mauricio Cascante Cascante del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), amenazó con demandar al periodista del diario digital Pulsocr.com, Aarón Chinchilla, luego que este tomara y publicara una fotografía del congresista observando un partido de fútbol durante la sesión de Plenario de este miércoles.

Chinchilla posteó en sus redes sociales y en la página de Facebook del diario digital la fotografía que captó con su teléfono en la que se ve al congresista socialcristiano observando un partido de fútbol durante la sesión. A esa hora se encontraba disputando el encuentro entre el Paris Saint-Germain Football Club y el Fútbol Club Barcelona.

Al momento en que la fotografía fue tomada, las diputadas de la Asamblea Legislativa se encontraban haciendo uso de la palabra para intentar convencer al resto de congresistas de votar a favor de extender el plazo cuatrienal de un proyecto de ley contra el acoso y la violencia política contra las mujeres, dado que un día antes no se reunieron los 38 votos necesarios para extender dicho plazo.

El comunicador relató a Delfino.cr que tras publicar la fotografía, Cascante se dirigió al lobby del Congreso donde se encontraba junto a otro colega suyo y le indicó que le iba a demandar por "exponer" su "intimidad" y tomar fotografías de su teléfono celular.

Desde que se expuso la fotografía y se evidenció la posterior amenaza, Cascante no ha hecho alusiones al tema ni tampoco la fracción socialcristiana.

Varios periodistas parlamentarios se solidarizaron con Chinchilla y repostearon la fotografía instando al congresista a incluirlos en la eventual demanda.

Al respecto, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia determinó desde el año 2002, mediante el voto 1050 del 25 de octubre, que los funcionarios públicos pierden su derecho de imagen bajo la investidura de su labor como servidores estatales, por lo que quedan expuestos de ser incluso filmados o fotografiados en sus funciones, pues es algo que aceptan y a lo que están expuestos al asumir un cargo público en el cual sus actos son sujetos de fiscalización.

Además, el artículo 47 del Código Civil dispone que:

La fotografía o la imagen de una persona no puede ser publicada, reproducida, expuesta ni vendida en forma alguna si no es con su consentimiento, a menos que la reproducción esté justificada por la notoriedad de aquella, la función pública que desempeñe, las necesidades de justicia o de policía, o cuando tal reproducción se relacione con hechos, acontecimientos o ceremonias de interés público o que tengan lugar en público. 

Los cargos que se ocupan por elección popular pertenecen a la categoría de funcionariado público. En este caso, el de más elevado rango es la Presidencia de la República, y luego en orden descendente, las diputadas y los diputados a la Asamblea Legislativa, las regidoras y los regidores municipales y la alcaldía municipal.

El abogado Cesar Hines Céspedes expuso en el año 2018 que quien adquiere la categoría de funcionaria y funcionario público, por haberse propuesto y logrado el triunfo electoral, queda sometido al escrutinio público en el más amplio sentido del término, al punto que se reconoce una renuncia voluntaria a determinados ámbitos de la intimidad y la privacidad; entre ellos, al de su propia imagen, que deja de ser propia e individual para pasar al patrimonio público, para lo bueno y para lo malo, sin que en ningún caso pueda reclamar derechos exclusivos a su utilización, mientras se encuentre en el ámbito público y en el ejercicio del cargo.

La fotografía a Cascante fue tomada desde la barra de prensa del Congreso, la cual se sitúa por encima de las curules donde se sientan los congresistas del oficialismo, la Unidad Social Cristiana, el Frente Amplio y una mayoría de los diputados independientes.