El Presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, firmó como Ley de la República este viernes la creación de la Agencia Especial Costarricense (AEC) aunque anunció que impulsará una reforma en el Congreso a la legislación.

Por semanas la incertidumbre rodeó el Decreto Legislativo 9960 respecto a si sería vetado por motivos presupuestarios, sin embargo, Alvarado informó que el astronauta costarricense Franklin Chang Díaz y un equipo de trabajo asesorarán sobre los ajustes a la ley que permitan la puesta en marcha de la Agencia, de acuerdo con las posibilidades financieras del país.

"Tras las preocupaciones mostradas por diferentes sectores y la Contraloría General de la República sobre las vías de financiamiento de la agencia espacial, el Gobierno presentará una propuesta de reforma a la ley que permita garantizar que tenga un costo razonable y que se adapte a las posibilidades de plazos y presupuestos del país", dijo Presidencia en un comunicado de prensa.

En la reforma también se tocarán requerimientos para aspirar a los cargos de dirección de la agencia, para asegurar su razonabilidad y un amplio espectro de participación de personas calificadas para las funciones establecidas en la normativa.

"Además, el mandatario comunicó que solicitó al Doctor y astronauta Franklin Chang Díaz su asesoría para que el objetivo de la creación de la agencia se cumpla con apego a las posibilidades financieras nacionales, razón por la que se impulsará una reforma de ley que permita esto. De esta manera, el país aprovechará su capital humano y podrá desarrollar sus capacidades científicas de una manera vanguardista, sin poner en riesgo las finanzas estatales", concluyó Presidencia.

La Agencia Espacial Costarricense recibió 37 votos a favor y tres en contra en su votación de segundo debate en la Asamblea Legislativa.

La iniciativa se tramitó bajo el expediente 21.330, presentado en abril del 2019 por la diputada liberacionista Aida María Montiel Héctor y a él se opusieron los diputados independientes Jonathan Prendas Rodríguez, Marulin Azofeifa Trejos, Ignacio Alpízar Castro y Carmen Chan.

La iniciativa aprobada consta de 15 artículos y ocho disposiciones transitorias.

La normativa servirá como marco regulatorio de la AEC con la finalidad de crear la arquitectura estratégica y el modelo operacional necesario para diseñar, desarrollar, ejecutar e implementar la estrategia nacional espacial, acorde a los principios establecidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre el uso de espacio ultraterrestre con fines pacíficos.

La AEC operará bajo 10 principios estratégicos, entre ellos, que la exploración y utilización del espacio ultraterrestre se realizará exclusivamente con fines pacíficos y no involucrará la instalación de ningún objeto portador de armas nucleares ni de ningún otro tipo de armas de destrucción en masa, ni fortificaciones militares; que la AEC sea la institución encargada de autorizar y fiscalizar actividades costarricense que realicen en el espacio ultraterrestre los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales, además de asegurar que dichas actividades sean conformes con las disposiciones del Derecho Internacional.

La Agencia será un ente público no estatal con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica, administrativa y de gestión, aunque sometida a las directrices que dicte el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) como ente rector en el área de ciencia y tecnología.

Su domicilio legal será San José, aunque no tendrá prohibición de establecer oficinas o domicilios convencionales en cualquier otra parte del país.

Los diputados designan en la AEC un total de 17 funciones, entre ellas:

  • Desarrollar proyectos de investigación, innovación tecnológica, colaboración y articulación enfocados en la solución de problemas de la humanidad en términos de generación del conocimiento científico espacial, exploración espacial y manejo de recursos dentro y fuera del planeta Tierra en el marco de los objetivos de desarrollo sostenible de la Organización de Naciones Unidas, con un enfoque pacífico y centrado en el bienestar social.
  • Definir y promover programas, proyectos y acciones para fortalecer conocimiento y el desarrollo de la investigación espacial, su influencia en la vida cotidiana y sus potencialidades como factor de desarrollo económico.
  • Promover el desarrollo de los sistemas espaciales y los medios, tecnología e infraestructura necesarios para la consolidación y autosuficiencia de este sector en Costa Rica.
  • Facilitar la incorporación del sector productivo a esta actividad, a fin de que adquieran competitividad en los mercados de bienes y servicios espaciales.
  • Impulsar y ejecutar estudios e investigaciones científicas y tecnológicas en la materia en las áreas prioritarias de atención definidas por el ente rector.
  • Certificar y acreditar ante el Registro Nacional, los datos contenidos en los documentos de inscripción de todo objeto espacial, lanzado o no al espacio ultraterrestre, que sean promovidos y desarrollados desde el territorio costarricense.
  • Colaborar en la construcción de relaciones colaborativas con agencias internacionales y empresas dedicadas a la industria espacial.
  • Autorizar y fiscalizar actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre, los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales nacionales, que pueden generar responsabilidad al país, de conformidad con el Derecho Internacional.

La AEC tendrá un Consejo Directivo de cinco miembros, integrado por el jerarca del Micitt o en su defecto el viceministro de Ciencia y Tecnología; quien presidirá el órgano; el jerarca Dirección General de Aviación Civil, el jerarca de la Cancillería o un viceministro de esa cartera; un representante del sector aeroespacial privado, con experiencia y formación profesional comprobada, que propondrá una terna y será designado por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC); y un representante del Consejo Nacional de Rectores (Conare).

Ninguno de esos miembros devengará dietas, según dispone el texto.

Asimismo, la Agencia tendrá una Dirección Ejecutiva cuyo titular será nombrado y removido por acuerdo del Consejo Directivo, por periodos de cinco años y sujeto a evaluaciones cada dos años.

El texto dispone también la creación del Centro Espacial de Guanacaste como una dependencia de la Agencia Espacial Costarricense, encargado de la implementación de proyectos de investigación, desarrollo e innovación espacial, promoción de la ciencia del espacio y la gestión de servicios complementarios relacionados con el área espacial.

Dicho Centro estará integrado por los científicos, especialistas y personal de apoyo que requiera para su funcionamiento y tendrá como sede la ciudad de Liberia.

¿Y en cuanto al financiamiento? Los diputados señalaron que la AEC financiará sus operaciones con los siguientes recursos:

  • Por un plazo de 5 años a partir de la entrada en vigencia de la ley, un aporte de las instituciones del Sector Público No Financiero excluyendo al Gobierno Central, los Gobiernos Locales, la Caja Costarricense de Seguro Social, el Instituto Costarricense de Electricidad, las Universidades Públicas y la Universidad Técnica Nacional.
  • Los ingresos propios resultantes de la venta del portafolio de productos y servicios de la Agencia.
  • El producto de créditos, donaciones, legados y otras contribuciones realizadas por personas físicas, jurídicas, públicas, privadas, nacionales o extranjeras, de conformidad con las leyes que regulen la materia, previa autorización del Consejo Directivo.

El aporte de las instituciones del Sector Público No Financiero será obligatorio durante el plazo descrito y deberá ser del cero punto cuatro por ciento (0.4%) del superávit libre liquidado al final del periodo económico anterior.

Por último, el texto dispone que las relaciones laborales de los trabajadores de la Agencia Espacial Costarricense y sus sedes o laboratorios espaciales, se regirán por el Código de Trabajo y demás leyes conexas.