El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Liberación Nacional (PLN) informó a sus partidarios, este jueves, la suspensión temporal del inicio del proceso electoral interno de cara a las elecciones del 2022 previsto para el 1 de marzo.

De acuerdo con un comunicado del CEN de la agrupación liberacionista, la suspensión se adoptó en virtud de que el Ministerio de Salud entregó a la agrupación un criterio respecto a la movilización masiva de personas para dichos procesos internos, en medio de la emergencia sanitaria que atraviesa el país por la COVID-19.

La agrupación política ha decidió recurrir al Tribunal Supremo de Elecciones con el fin de verificar los procedimientos, para la realización de los procesos internos de los partidos políticos, la cual se espera tener una pronta respuesta por parte de dicha institución.

¿Qué fue lo que ocurrió?

El 22 de enero de 2021 el secretario general y diputado del PLN, Gustavo Viales Villegas, dirigió el oficio SGGV-4 al ministro de Salud, Daniel Salas Peraza, solicitando el criterio y consideraciones del ministerio para realizar los procesos internos de renovación de estructuras partidarias; tomando en cuenta la declaratoria de emergencia sanitaria vigente en nuestro país.

Viales le explicó al ministro que la primera etapa del proceso del PLN se contempla hacer de forma presencial, con varias sedes a nivel de distritos administrativos en todo el país, utilizando un padrón electoral abierto y fijadas para realizarse un domingo en horario de las 8:00 horas a las 18:00 horas.

Agregó que en esas elecciones se utiliza el padrón nacional, se habilitan alrededor de 1000 centros de votación (siempre y cuando se cuenten con los permisos de uso respectivo) y que en cada centro de votación se habilitan varias juntas receptoras de votos, lo que quiere decir que, en cada centro de votación tendrán personas de las diferentes precandidaturas actuando como fiscales y miembros de mesa.

Asimismo, afirmó que al ser elecciones internas, pero que utilizan un padrón abierto, las diferentes tendencias se organizan de forma similar a los partidos políticos en una elección nacional o municipal, es decir, cuentan con colaboradores que instalan toldos en el exterior del centro educativo para recibir y orientar a las personas votantes.

Por todo lo anterior, Viales le planteó a Salas tres preguntas:

  1. ¿Cuántas personas podrán estar en las aulas actuando como miembros de mesa y fiscales? Señalando que, dependiendo del número de precandidaturas que se inscriban, podrían contar con hasta ocho personas. Estas personas, después de cerradas las votaciones, tendrían que realizar el escrutinio correspondiente. Si se toma en cuenta el plazo de votación y el proceso de escrutinio, la jornada podría llegar a ser de alrededor de 12 horas.
  2. ¿Podrán los miembros de mesa y fiscales consumir alimentos, durante la jornada electoral, en las juntas receptoras de votos?
  3. Una vez que el Partido culmine la inscripción de sus precandidaturas para la convención nacional, existe alguna directriz del Ministerio de Salud que regule lo siguiente:
    a) Realización de debates presenciales.
    b) En el caso de poder celebrar debates presenciales ¿Cuál sería la limitación de aforo?
    c) ¿Pueden las precandidaturas hacer mítines, desfiles, piquetes o actividades para presentar a sus simpatizantes sus propuestas de trabajo o entregar signos externos?
    d) ¿Pueden las precandidaturas contratar transporte para el día de la Convención Nacional y trasladar a sus simpatizantes a los centros de votación?

El 15 de febrero del 2021, mediante el oficio MS-DM-1429-2021, Salas le respondió a Viales que el Ministerio de Salud había iniciado sesiones de coordinación con el Tribunal Supremo de Elecciones para crear un Lineamiento para la realización de Actos y Actividades de Proselitismo como parte de las medidas de mitigación.

Dato D+: El oficio MS-DM-1429-2021 hace alusión en su inicio al oficio DGRE-0043-2021 con fecha del 26 de enero de 2021. Dicha mención, sin embargo, corresponde a un "error material" según el Ministerio de Salud, pues el documento responde directamente a la consulta inicial de Viales planteada mediante el oficio SGGV-4, tal y como se señala en el "asunto".

La oficina de prensa del Ministerio de Salud confirmó, ante consulta de Delfino.cr, que posterior a la respuesta del ministro, Salas y Viales conversaron telefónicamente el 22 de febrero. En esa llamada el liberacionista le pidió al ministro ampliar en el criterio suministrado.

Después de la llamada, Salas remitió el oficio MS-DM-1822-2021 fechado el 24 de febrero del 2021 (que es el que ha suscitado polémica en las redes sociales).

En ese documento el ministro afirma que mientras el país no alcance la denominada "inmunidad de rebaño" las movilizaciones a gran escala siguen representando un riesgo muy alto de activar transmisiones del virus de forma sostenida en diferentes partes del país, lo cual es una seria amenaza a que se dé un incremento en la mortalidad y la hospitalización moderada, crítica y severa por COVID-19, especialmente cuando en esa movilización hay grupos de edad mayor que acudirían a las urnas, teniendo múltiples contactos en muchos de los casos.

"Es cierto que en este momento las cifras de transmisión, de mortalidad y de hospitalizaciones han disminuido, sin embargo, este escenario es frágil ante la no inmunidad de una mayor parte de la población", agregó Salas.

Por ello, el ministro afirmó a Viales que la actividad electoral durante el segundo semestre del 2021 sería "un potencial y serio propulsor de la pandemia", poniendo en riesgo el logro de no haber alcanzado hasta la fecha la saturación hospitalaria por COVID-19 que dispararía la mortalidad por esta y, consecuentemente, por otras causas al no poder dar abasto con la demanda de atención por otros padecimientos urgentes y críticos.

Salas calificó de "poco prudente e incluso temerario" proceder con la actividad electoral en las dimensiones previstas en las distritales del PLN, razón por la cual consideraba que las mismas no se debían ejecutar.

Conscientes que esto afecta los mecanismos usuales del sufragio para elección de candidatos presidenciales, el balance se debe decantar hacia la protección directa de la vida y la salud de la población, que ha sido la principal consigna que hemos mantenido durante toda la pandemia y que forma parte de nuestra idiosincrasia costarricense.

Tras la respuesta de Salas fechada ayer, el PLN acordó suspender el inicio de su proceso electoral interno y el secretario general, Gustavo Viales, envió el oficio SGGV-12 al presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, Luis Antonio Sobrado Gonzálezdonde solicita el criterio urgente del TSE sobre la eventual celebración de la convención nacional, asambleas distritales, de movimientos y sectores del PLN, tomando en cuenta que la convocatoria estaba fijada para el 1 de marzo.

"Siendo que, el Ministerio de Salud, ha advertido el riesgo que conlleva la celebración de este proceso, resulta fundamental para el Partido conocer cuál será la posición que tomará este Tribunal sobre la celebración de los procesos internos de renovación de sus estructuras de todos los partidos políticos que aspiren a participar en las siguientes elecciones nacionales", dijo Viales en su carta a Sobrado.

También, el liberacionista solicitó audiencia urgente al TSE para que el Comité Ejecutivo Superior de la agrupación pueda ampliar sus preocupaciones sobre este asunto.

Delfino.cr consultó al TSE si ya recibieron el oficio de Viales y si el mismo fue respondido o si se está en proceso de ello. El Tribunal respondió minutos después, a través de un comunicado de prensa, que se recibió la consulta y que la misma está en estudio de la Dirección General del Registro Electoral del TSE, en donde se atenderá con la prioridad que las circunstancias ameritan.

Reacciones y respuesta del ministro

El último oficio del ministro de Salud levantó polémica en las redes sociales al punto que algunas figuras políticas y con aspiraciones electorales para el 2022 acusaron al ministro de haber "cruzado una línea muy peligrosa", que no era aceptable que "la democracia fuera otra víctima de la pandemia" y que su "decisión" era "peligrosa"

El ministro Salas envió a la prensa un audio en horas de la mañana afirmando que su segundo oficio al diputado Viales era una consideración del Ministerio y no una orden de suspender el proceso electoral interno.

Sabemos, y por eso en la nota va copiado don Luis Antonio Sobrado, que el ente competente para dar los lineamientos a todos los partidos en cómo se va a proceder con las elecciones y movimientos electorales durante este año y el siguiente es el Tribunal Supremo de Elecciones.

Además, la Ley 9934 promulgada semanas atrás por el Congreso dispuso expresamente en su Transitorio XIV que las actividades partidarias que impliquen aglomeración de personas, tanto asambleas como otras actividades organizadas por los partidos, se podrán realizar tanto en forma virtual como presencial.

Los diputados señalaron en dicho transitorio que el papel del Ministerio de Salud en ese tema será regular el aforo de las reuniones y las aperturas.

El Tribunal Supremo de Elecciones, por norma constitucional, tiene a su cargo en forma exclusiva e independiente la organización, dirección y vigilancia de los actos relativos al sufragio.