El Juez Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, Juan Mateo Brieba De Castro, rechazó una solicitud del exsacerdote Mauricio Antonio Víquez Lizano que buscaba impedir su extradición a Costa Rica para afrontar numerosos cargos de abuso sexual, violación calificada, corrupción agravada, violación agravada en grado de tentativa y difusión de pornografía, en perjuicio de menores de edad.
Según informó el medio digital mexicano Milenio, el exsacerdote alegó que su detención en México, ocurrida en 2019, no cumplía con los requisitos que marca el Tratado de Extradición entre ambas naciones y que los delitos que se le imputan ya prescribieron, sin embargo, De Castro rechazó por "infundados e inoperantes" todos y cada uno de los argumentos de Víquez en contra de su extradición.
De acuerdo con Milenio, la sentencia aún puede ser impugnada ante un Tribunal Colegiado en Materia Penal, el cual tardaría al menos tres meses en resolver el asunto en definitiva, sino es que no suspenden los plazos por la emergencia sanitaria por COVID-19.
El Secretario de Relaciones Exteriores de México, Marcelo Ebrard, concedió a Costa Ria la extradición de Víquez el 28 de febrero de 2020, sin embargo, la misma no se ha llevado a cabo pues Víquez apeló y su recurso no fue conocido por el juez competente debido a problemas de salud y la posterior pandemia de COVID-19.
En su recurso, Víquez afirmó que se vulneraron sus derechos humanos al debido proceso, presunción de inocencia e igualdad, porque no contó con asistencia consular efectiva de forma inmediata a su detención y durante todo el procedimiento, motivo por el cual “se produjo un efecto corruptor, en tanto que al momento de su detención no se le informó de su derecho a comunicarse con la oficina consular de su país, no se contactó de forma directa al consulado, ni tuvo asistencia consular al momento del desahogo de las audiencias ante la jueza de control”.
Asimismo, el exsacerdote alegó que Costa Rica no cumplió con el requisito del Tratado de Extradición que consiste en anexar una copia certificada de la orden de arresto en su contra, sino que lo que suministró fue una gestión para resolver en definitiva su situación jurídica.
Según Milenio, el presunto abusador de menores también alegó que se le debió aplicar la ley 7594 de Costa Rica (ley más favorable) que se refiere al Código Procesal Penal vigente del 1 de enero de 1998 al 29 de agosto de 2007.
“La legislación mexicana aplicable en aquella época, no señalaba la mayoría de edad de las víctimas menores para dar inicio al plazo del cómputo de la prescripción de la acción penal, solo consideraba el término medio aritmético de la pena a aplicar, por lo que bajo esa fórmula la prescripción ya había operado para los delitos cometidos en contra de las víctimas”, manifestó.
Víquez fue detenido en Nuevo León, México en agosto de 2019 por efectivos de la Fiscalía General de República (FGR) y actualmente permanece interno en el reclusorio Sur, en la Ciudad de México.
El exsacerdote fue sancionado y expulsado de la Iglesia Católica por las denuncias presentadas por las víctimas en su contra.