Por Franciny Rodríguez – Estudiante de la carrera de Derecho

En Costa Rica, los tribunales comprenden su alcance de intervención por la competencia que se les fue otorgada. El tribunal laboral percibe las controversias que surgen de los trabajos laborales, verbales o escritos. La facultad de interpretar la norma y el juicio de estos casos es conferida al juez, es decir, es reserva de ley. El Código de Trabajo de Costa Rica se promulgó en 1943, por esta razón la nueva reforma del código es tan importante, ya que no solo faculta a los jueces en otras formas de su ejercicio: la nueva Ley 9343 reformula más de 350 artículos a partir del 371, los cuales surten efectos en los derechos de los trabajadores desde julio del 2017.

La reforma pretende salvaguardar los derechos de los trabajadores y crear un ambiente más cómodo para estos en caso de que estén siendo tratados indebidamente, es decir, amplia las posibilidades de defensa frente a un caso abusivo del patrono o superior. Dentro de los cambios, se encuentra la prohibición ante todo acto discriminatorio como un despido injustificado o, evidentemente, discriminación contra un trabajador por su edad, religión, raza, orientación sexual, estado civil, discapacidad, situación económica, entre otros. Si un empleado (víctima de discriminación, menor de edad, trabajadores embarazadas, o trabajador que gane menos de 2 salarios base al mes) sufriera algún tipo de trato indebido por lo anteriormente mencionado, este tendrá derecho a un abogado pagado por el Estado, ya que la reforma incluye justicia gratuita. Además, la empresa que despida a un trabajador estará en la obligación de entregarle una carta redactada con la explicación de sus motivos de despido. Los jueces también podrán sugerir la incorporación de nuevos puntos para incluir en la demanda.

Otro cambio es la reducción de tiempo para obtener sentencia, debido a que los juicios son orales. En todo proceso es conocido que los derechos otorgados son irrenunciables, con las modificaciones el juez podrá además dar más dinero del demandado por el trabajador, lo que antes era prohibido, si el trabajador no se enteraba de este derecho (ultra petita), entonces el patrono estaría obligado a entregar al empleado la cifra dictada, esto según el artículo 496 de la ley. Las huelgas, por otro lado, se permiten en forma general (de toda la empresa), pero también las que solo son manifestadas por grupos determinados de esta, ya sea de manera intermitente, graduales o escalonadas.

Para algunos especialistas en derecho laboral, estas modificaciones serían sumamente perjudiciales para las empresas, ya que los empleadores no tendrían un estimado de las consecuencias que enfrentarían en el proceso, como así lo declara Paola Gutiérrez, especialista en derecho de trabajo:
Con la reforma será muy difícil determinar ese riesgo, porque no solo dependerá de la estimación inicial del trabajador, sino de lo que el juez llegue a determinar si encuentra pruebas suficientes (…). Esto podría originar que cuando se va a un proceso judicial el patrono no tenga panorama claro hasta el momento de la primera audiencia de saber cuáles son las pretensiones del trabajador . (Rodríguez, 2017).

Inclusive para el exjuez de trabajo Luis Sánchez, estas nuevas modificaciones atentarían contra la misma constitución política: “¿Cómo un patrono puede enfrentar una demanda si no tiene certeza de por qué se le está demandando? No se puede prever el riesgo real” (Rodríguez, 2017).

 

MOXIE es el Canal de ULACIT (www.ulacit.ac.cr), producido por y para los estudiantes universitarios, en alianza con el medio periodístico independiente Delfino.cr, con el propósito de brindarles un espacio para generar y difundir sus ideas.  Se llama Moxie - que en inglés urbano significa tener la capacidad de enfrentar las dificultades con inteligencia, audacia y valentía - en honor a nuestros alumnos, cuyo “moxie” los caracteriza.

Referencias bibliográficas:
• Rodríguez, A. (16 de junio de 2017). Reforma procesal laboral ampliara potestades de los jueces. El Financiero. Recuperado de https://www.elfinancierocr.com/economia-y-politica/reforma-procesal-laboral-ampliara-potestades-de-jueces/OR23KBP34ZFWLNSSJZI5RWKQKU/story/