Tras el crecimeinto del comercio electrónico y la publicidad en redes sociales, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), ha puesto a disposición la “Guía para Promover la Veracidad de la Publicidad realizada por Influencers en Redes Sociales”.

El fin es orientar a los embajadores de marca o llamados influenciadores (influencers), sobre la responsabilidad que deben tener para cumplir con las normas de publicidad en cuanto a la veracidad de las publicaciones y anuncios de marcas, productos y servicios en las redes sociales.

La jerarca del MEIC, Victoria Hernández, señaló que la guía es un primer paso, que busca transparentar la divulgación de contenido de cara a los consumidores.

El instructivo brinda una serie de recomendaciones, para que el consumidor pueda identificar cuando se trata de una publicidad pagada o patrocinada, amparada en diversas formas de relación, por ejemplo:

  • Si se mantiene algún tipo de relación financiera, laboral o personal para publicitar una marca, producto, servicio o empresa.
  • Si se recibe algún beneficio o pago por la publicidad realizada de una marca, producto, servicio o empresa.
  • Si la marca ofrece un patrocinio, productos gratuitos o descuentos, aún si el producto ofrecido o recibido es distinto a aquel que se representa o promociona.

En relación a las publicaciones, cuenta con consejos de prácticas incorrectas al presentar o promocionar una marca o empresa como las siguientes:

  • Divulgar experiencia sobre un producto que no se ha utilizado.
  • Promocionar productos con características distintas a las que realmente posee.
  • Engañar a los consumidores, indicando que un producto es bueno, cuando la persona considera lo contrario.

Sobre el contenido, debe ser claro y comunicarse en términos sencillos, lo cual incluye las divulgaciones o comentarios de la relación que mantiene la figura pública con la marca o empresa. De lo contrario podría considerarse como una publicación que induce a confusión al consumidor.

Al respecto se detallan las siguientes recomendaciones:

  • Debe divulgarse en un lugar visible, la relación que se mantiene con la marca; preferiblemente que se ubique en el sitio de inicio o en el perfil de la cuenta o bien, al final de cada publicación.
  • Pueden utilizarse términos como: “Embajador de”, “Anuncio pagado por” o “Patrocinado por” y evitar las abreviaturas que induzcan a confusión.
  • La relación con la marca debe ser descrita en el mismo idioma que la publicación y no debe mezclarse entre un grupo de etiquetas (hashtags), ni debe hacerlo con letras pequeñas, borrosas o con excesos de emoticones.
  • Si se realizó la publicación a través de una imagen o video en una plataforma como Snapchat, Facebook e Instagram Stories, se debe incluir la divulgación.
  • En caso de que la publicación sea un video, la divulgación debe aparecer en el video y en la descripción, de tal manera que el espectador pueda escucharla y leerla.
  • Si realiza una transmisión en vivo, debe repetir periódicamente el detalle de la relación con la marca para que los espectadores que ven solo una parte de la transmisión,  tengan acceso a la divulgación.

Con esta guía se contemplan una serie de recomendaciones para el cumplimiento de los principios de veracidad, claridad y legibilidad aplicables a la publicidad, los cuales se encuentran normados a nivel nacional y es un instrumento que facilita la adecuada divulgación de contenidos publicitarios emitidos por los influenciadores”, dijo la directora de la Dirección de Apoyo al Consumidor, Cynthia Zapata.

El comunicado detalla que la publicidad debe apegarse a lo establecido en la sección quinta del Reglamento a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley 7472, Decreto Ejecutivo 37899-MEIC. Además, es resalta que ante algún incumplimiento a la normativa en publicidad, el artículo 57 de esta ley, establece para la Comisión Nacional del Consumidor (CNC), un marco sancionatorio.