La Comisión de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa dictaminó este miércoles el proyecto de ley 21.709, el cual pretende legalizar el patrocinio de bebidas con contenido alcohólico en el deporte.

Dicha iniciativa del legislador David Gourzong (PLN) es la tercera bajo la misma línea. El parlamentario Erwen Masís (PUSC) y los diputados María José Corrales y Roberto Thompson (PLN ambos) también presentaron proyectos de ley con el objetivo de reformar la Ley 9047.

Las tres iniciativas recibieron un dictamen positivo en sus respectivas comisiones y están a la espera de ser discutidas en el Plenario Legislativo.

La principal diferencia entre las tres yace en la cantidad de impuestos y los entes gubernamentales que se verán beneficiados. Veamos al detalle la descripción general de cada propuesta:

Propuesta de Erwen Masís

Foto: Maynor Solís

El proyecto de "Ley de Patrocinio en el Deporte Nacional", bajo el expediente 21.663, busca facultar el patrocinio de marcas de bebidas alcohólicas en los uniformes y escenarios deportivos, una ruta similar a los otros dos proyectos de ley.

Fue dictaminado por la Comisión de Gobierno y Administración el pasado 29 de julio.

En este caso, el Ministerio de Salud será el encargado de regular y controlar todo tipo de publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas con contenido alcohólico.

El patrocinio podrá ser utilizado en publicidad relacionada con el deporte, así como:

    • Vallas publicitarias en los estadios y gimnasios
    • Rotulación de uniformes
    • Medios de transporte utilizados para competencias y artículos deportivos de cualquier ente deportivo.

La diferencia más marcada de este proyecto es que retendrá un 10% de todos los contratos, que se cancelarán ante el Ministerio de Salud. Dicho Ministerio mantendrá la confidencialidad de lo declarado.

Ese 10% al Ministerio de Salud será distribuido de la siguiente manera:

    • Un 4% al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) quien lo destinará para el programa de becas deportivas e implementos deportivos.
    • Un 2% al Instituto Nacional de la Mujer (INAMU) para la atención a las víctimas de violencia intrafamiliar.
    • Un 2% al Comité Olímpico Nacional de Costa Rica, para la proyección y equipamiento de atletas de alto rendimiento.
    • Un 2% al Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) para programas de prevención del consumo de Drogas.

Puede descargar el texto completo en este link.

Propuesta de María José Corrales y Roberto Thompson

Al igual que las otras dos propuestas, el proyecto de ley 21.745 permitirá la publicidad y el patrocinio de bebidas con contenido alcohólico en el deporte. Esta iniciativa, presentada en mayo del 2018, es la segunda en fila.

Fue un proyecto dictaminado por la Comisión de Asuntos Económicos el pasado 8 de septiembre. 

En este caso, el Ministerio de Salud también tendrá a su cargo la regulación de este tipo de publicidad efectuada por cualquier medio de comunicación a título gratuito o mediante pago, antes de ser divulgada.

El proyecto de ley 21.745 permitirá el patrocinio deportivo por parte de las empresas productoras, comercializadoras o distribuidoras de bebidas con contenido alcohólico a toda organización, entidad o persona dedicada a la práctica del deporte.

Corrales y Thompson aclararon que será prohibido el uso de marcas o nombres de bebidas alcohólicas, en todos los medios mencionados, si van dirigidas hacia menores de edad.

La diferencia más marcada de esta iniciativa es que se enfocará en la creación del Fondo Nacional para el Deporte de Alto Rendimiento.

El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder) será el encargado de recibir los recursos económicos de este fondo, que será alimentado por un impuesto del 5% sobre los contratos publicitarios. 

Posterior a la transferencia, el Icoder tendrá 15 días hábiles para trasladar los recursos al Comité Olímpico Nacional de Costa Rica. Dicho ente administrará los fondos y destinará en forma exclusiva los recursos para la adquisición, contratación de bienes y servicios destinados a la construcción de infraestructura y equipamiento de inmuebles deportivo.

Puede descargar el texto completo en este link.

Propuesta de David Gourzong

A diferencia de las otras dos, la propuesta tramitada en el Poder Legislativo bajo el expediente 21.709 solo plantea una reforma al artículo 12 de la Ley 9047, o mejor conocida como "Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico".

Fue dictaminado por la Comisión de Gobierno y Administración este miércoles 11 de noviembre.

En esta iniciativa, el Ministerio de Salud también tendrá a su cargo la regulación y el control de todo tipo de publicidad comercial relacionada con la comercialización de bebidas alcohólicas. Salud tendrá la potestad de revisar la publicidad previo a su respectiva divulgación.

En términos generales, la principal diferencia de esta propuesta es que no plantea ningún impuesto o beneficio a entes inmersos en la salud o el deporte.

Aunado al permiso mencionado, el proyecto de ley 21.709 también prohíbe la utilización de marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico en actividades deportivas, recreativas o culturales dirigidas a Ligas Menores.

Según el texto final, la utilización de marcas o nombres de bebidas con contenido alcohólico obliga a quienes reciben el patrocinio a establecer condiciones en materia de prevención con material informativo en los lugares donde se desarrollen los deportes.

Puede descargar el texto completo en este link.