El Comité Cantonal de Deportes y Recreación (CCDR) de Turrialba declaró "no grato" al triatleta y embajador deportivo del cantón, Víctor López Ramírez, por emitir manifestaciones "difamatorias en redes sociales" con respecto a la administración del estadio Rafael Ángel Camacho de Turrialba.
El deportista señalado y actual presidente de la Asociación Turrialbeña de Triatlón (ASOTUTRI) conversó con LaJornada.cr sobre el caso:
En primera instancia, yo le expresé mi disconformidad al Comité Cantonal de Deportes y Recreación (CCDR) de Turrialba porque abrieron las instalaciones del estadio Rafael Ángel Camacho para que entrenara el equipo de segunda división (fútbol), mientras las instalaciones se mantenían cerradas para otras disciplinas, como el triatlón"
Mediante una carta enviada a la Junta Directiva de la Asociación Turrialbeña de Triatlón (ASOTUTRI), el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Turrialba aseguró:
Hizo manifestaciones donde difama a los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Turrialba, según el artículo 145 del Código Penal, donde afirmó en la red social Facebook: “Cuál cereza en el pastel? Payasadas y burlas para los jóvenes...”, es que se declara por acuerdo unánime de esta Junta Directiva, declarar a dicho señor “no grato” y comunicarlo así a ASOTUTRI."
Según López, él emitió este comentario después de enterarse que la Federación Costarricense de Atletismo organizaría una competencia en el estadio Rafael Ángel Camacho (realizada el 1 de noviembre), ya que le molestó que le abrieran las puertas "de par en par" a los entes deportivos nacionales, mientras los atletas del cantón llevaban 2 meses en negociaciones para poder entrenar.
Cuando yo escribo la palabra "payasada", me refiero a la falta de oportunidad que se le está brindando a los jóvenes. (...) Igualmente la palabra "payasada" no es ninguna ofensa, ni daño a la moral sobre ninguna persona."
El triatleta también aclaró que el comentario se realiza desde su perfil personal, y no desde la ASOTUTRI.
LaJornada.cr tuvo acceso a correos electrónicos, en los que se puede comprobar que la ASOTUTRI viene insistiendo desde el 28 de agosto en la necesidad de reunirse con la CCDR de Turrialba para reanudar los entrenamientos de los atletas.
En septiembre el CCDR de Turrialba indica que próximamente se estará convocando a una reunión virtual para abordar el tema, pero esta reunión no se dio en septiembre, ni en octubre. En diversas ocasiones (septiembre y octubre), la ASOTUTRI se vio en la obligación de insistir para realizar dicha concentración.
A principios de octubre, un miembro de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación (CCDR) de Turrialba, denominado Carlos Andrés Rivera, envía una respuesta que dice:
El jueves anterior tuvimos una reunión para poder exponer los resultados del instrumento aplicado a las instalaciones deportivas, las cuales no están al 100% para poder hacer la reapertura"
Este mensaje de Carlos Andrés Rivera es reafirmado por un correo oficial del Comité Cantonal de Deportes y Recreación (CCDR) de Turrialba, en el que se indica lo siguiente:
Se les comunica que la próxima semana se estará aplicando un instrumento denominado "Lista de Comprobación para la apertura de instalaciones deportivas", emitido por el ICODER. La aprobación de dicha lista está sujeta a cumplir con el 100% de los requisitos para poder realizar una reapertura de las instalaciones deportivas"
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación (CCDR) de Turrialba convoca a una reunión con ASOTUTRI hasta el lunes 2 de noviembre. La reapertura total aún no se da (protocolos sanitarios se aprobaron desde agosto), pero posterior a la reunión notificaron que se daría un apertura escalonada para mayores de 12 años y en ciertos horarios.
Para López Ramírez la declaración de "no grato" es un intento claro de intimidación ante las asociaciones que presionan al Comité Cantonal de Deportes para que realicen su trabajo de manera correcta.
¿Es constitucional que un ente municipal declare a una persona "no grata"?
Según una sentencia de la Sala Constitucional en 2019, no hay norma que habilite a las municipalidades a declarar a una persona non grata (sanción material, por ser inexistente en el ordenamiento jurídico). Por ende, las municipalidades no pueden declarar a una persona non grata.
Aunado a ello, la Sala estima que la declaración de una persona “non grata” constituye en el fondo una amenaza a sus derechos fundamentales, pues ello implica amedrentarlo para limitar el ejercicio de otros derechos, tales como la libertad de expresión, el disfrute del ambiente, su imagen, etc.
En mayo de este año, por ejemplo, la Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo interpuesto por el medio de comunicación digital Fuerza Azul contra el Club Sport Cartaginés por vetarlo de las instalaciones del estadio Fello Meza Ivankovich.