El presidente de la República, Carlos Alvarado, impuso este viernes su primer veto presidencial total a un proyecto de ley aprobado por la actual Asamblea Legislativa, y lo hizo contra el decreto legislativo 9909 que pretendía reactivar la pesca de arrastre de camarón en el país, una técnica prohibida desde el 2013 ante la ausencia de estudios técnicos que señalen que esa práctica es ambientalmente sostenible.

Alvarado, hasta la fecha, había optado por vetos parciales. Con ellos hacía llegar al Congreso una redacción alternativa para que esta fuera aprobada por los diputados, lo cual estos hicieron en todos los casos donde ha ejercido el veto previamente.

Sin embargo, esta vez por tratarse de un veto total, Alvarado no remitirá a los diputados ninguna propuesta alternativa. De esta forma, la Asamblea solo tiene dos caminos: acoger el veto y desechar el proyecto, o reunir 38 votos y pasarle por encima, haciendo ley el proyecto sin la firma del mandatario.

El procedimiento a seguir está estipulado en el Título IV del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

El artículo 208 establece que cuando el Poder Ejecutivo veta algún proyecto de ley, la presidencia de la Asamblea lo comunicará al Plenario legislativo en la sesión inmediata siguiente a cuando la documentación sea recibida desde Casa Presidencial.

Una vez leído, Eduardo Cruickshank trasladará el veto a la Comisión de Asuntos Agropecuarios donde se dictaminó el proyecto. Allí ocupará el primer lugar del orden del día de ese foro legislativo sobre cualquier otro asunto, debiendo en el plazo improrrogable de un mes rendir un informe al Plenario sobre las objeciones del Poder Ejecutivo.

Por tratarse de un veto total, la Comisión solo podrá recomendar dos vías: el archivo definitivo del proyecto, o su resello en Plenario con 38 votos como mínimo.

Una vez rendido el dictamen de comisión, el proyecto ingresará a ocupar el primer lugar de la segunda parte del Orden del Día del Plenario, antes de las votaciones en segundo debate.

Si el informe propone el resello, este deberá aprobarse con la mayoría calificada, o bien quedará rechazado; todo en una sola sesión. 

No hay votos para resello

Para que el resello se dé, 38 legisladores deberán aprobar “pasarle por encima” a este veto presidencial. Cuando una ley es resellada se convierte en ley con las firmas del directorio legislativo y no requiere las firmas del Poder Ejecutivo.

Sin embargo, el proyecto no tendría los votos suficientes para resellar el veto presidencial, ya que a los 18 diputados que votaron en contra en segundo debate se les sumaría por lo menos la oficialista Nielsen Pérez Pérez, y Silvia Hernández Sánchez, esta última quien firmó la carta enviada la semana anterior, pidiendo el veto presidencial.

Adicionalmente, la diputada María José Corrales Chacón —quien no pudo estar en la votación por encontrarse en aislamiento debido a un contacto con una persona con COVID-19— también se ha manifestado en contra del proyecto. Tras conocer del veto, la diputada independiente Ivonne Acuña Cabrera (quien tampoco estuvo en la votación) anunció su eventual voto en contra, en caso de que el resello sea planteado ante el Plenario; lo mismo hizo el diputado Rodolfo Peña Flores del PUSC.

Así las cosas, aun si todos los demás diputados que se ausentaron apoyaran resellar, solo se alcanzarían 34 votos y no los 38 que se requieren para evadir el veto presidencial.