Un nuevo capítulo se suma a la lista de intentos insistentes por desincentivar el consumo de vapeadores y cigarrillos electrónicos que usen líquidos con o sin nicotina como alternativa al fumado. En esta ocasión, el esfuerzo de dos legisladores desde la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa se concentra en una propuesta prácticamente prohibitiva para el consumidor. Su propuesta es una carga impositiva exagerada para hacer más difícil la adquisición.

El nuevo texto sustitutivo para el proyecto de ley 21.658 plantea, entre otras modificaciones, una tasa de 40% en los productos, desde los aparatos vapeadores hasta los accesorios (incluyendo los líquidos).

Esta iniciativa, propulsada por los legisladores Luis Antonio Aiza Campos (PLN) y Catalina Montero Gómez (PAC), varía significativamente de su propuesta anterior, que sugería un cobro adicional de ₡1.000 a cada unidad adquirida por un cliente.

Lo que sugiere el nuevo texto no solo es desproporcional para el consumidor al dificultarle la adquisición con semejante carga. También, en caso de aprobarse en la Comisión, detonaría en importantes consecuencias en la salud de quienes han optado por esta alternativa sustitutiva del consumo de cigarrillos tradicionales.

Es posible valorar un potencial escenario de lo que podría ocurrir. Para esto se puede tomar como modelo las experiencias ocurridas ante medidas similares en otros lares. De hecho, los dos legisladores proponentes plantean el mismo impuesto ejecutado en lugares como Pennsylvania, estado de Estados Unidos, con consecuencias nada alentadoras.

En ambos lugares su estrategia es aplicar una carga impositiva para desincentivar el vapeo, una solución menos perjudicial que el cigarro tradicional.

Veamos el caso del país norteamericano. En otro estado, en Massachussets, en diciembre pasado, se estableció un 75% de impuestos sobre los dispositivos vapeadores y los cigarrillos electrónicos. Un estudio reciente del National Institutes of Health evidenció que, la aplicación de la carga a estos productos generó que muchos compradores optaran por consumir, en su lugar, cigarrillos tradicionales de tabaco. Su efecto en la salud, como está bien documentado, es altamente perjudicial. En Estados Unidos, por cierto, se calcula que una de cada cinco muertes tiene un vínculo con el fumado (cerca de 480.000 personas por año).

Más estudios se han hecho en esta línea; algunos (realizados entre el 2011 y 2017) contemplaron los efectos de ocho estados donde se han tasado los productos de vapeo, para un total de más de 35.000 tiendas de vapeo.

Se ha evidenciado que, por cada 10% de incremento en el precio de cigarrillos electrónicos y dispositivos para vapeo, el consumo de estos productos se reduce en un 26%. Al mismo tiempo, este mismo impuesto genera un incremento de 11% en el consumo de cigarros.

En otras palabras, el efecto de desincentivar el vapeo deriva a su vez, en un fomento para el fumado. Conforme se reduce la curva del primero, se incrementa exponencialmente la del segundo.

El otro efecto previsible ante la implementación de una carga tan significativa en los productos de vapeo es la afectación económica en el sector ligado a estos productos. La disminución de ventas derivaría también en una caída de la facturación de recaudación de los comercios, lo cual llevará, inexorablemente a una reducción de plazas laborales.

Por este comportamiento, también se abre el espacio para hablar de cómo el encarecimiento de los dispositivos y los accesorios puede incentivar el mercado negro con estos productos.

En resumen, la propuesta de tasar los productos sustitutos del cigarrillo tradicional genera un efecto en la economía, y, a su vez, aumenta el perfil de riesgo del consumidor.

¿Es esta la solución que necesitamos? El nuevo texto del proyecto de ley 21.658 busca mermar el consumo castigando el bolsillo de quienes opten por un producto sustituto del cigarro. Sin embargo, más bien terminará castigando la salud de todos estos consumidores.

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