La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) condenó al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) luego que su presidenta, Yamileth Astorga, exhortara a los funcionarios de la institución a no brindar información de relevancia pública a los medios de comunicación Diario Extra CRHoy.com.

Según informó la oficina de prensa de la Sala esta tarde, el recurso de amparo presentado a favor de ambos medios de comunicación fue declarado parcialmente con lugar.

El caso se remonta al pasado 29 de junio cuando en una reunión con el sindicato del AyA, la jerarca hizo un llamado a “no alimentar” a los medios citados, con el argumento de que solo publican cosas que debilitan la imagen de la institución y que lo que quieren es la privatización de la misma.

De forma unánime, mediante el voto N° 2020-016167 de este viernes 28 de agosto, los magistrados concluyeron que el “llamado a no alimentar a medios” reviste una particular gravedad merced al rango jerárquico de quien lo externó y, en la práctica, se convierte en una especie de censura velada, pues se incita a que dos medios de comunicación no reciban información pública por parte de los funcionarios del AyA.

La situación expuesta lesiona a la población en general, pues le impide al público acceder a información concerniente a la prestación de servicios públicos esenciales, lo cual es inaceptable en una sociedad que se rige por el principio democrático, la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión pública.
Paul Rueda Legal, magistrado instructor del expediente

La sentencia ordena a la presidente del AyA abstenerse de incurrir nuevamente en los hechos denunciados, bajo pena de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad, sancionado con cárcel de 3 meses a 2 años, o con 20 a 60 días multa, siempre y cuando el delito no está más gravemente penado.

La Sala condenó al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados al pago de las costas, daños y perjuicios causados, los que se liquidarán en el proceso de ejecución de sentencia en la sede contenciosa administrativa.

Reclamos rechazados

Dado que el reclamo fue declarado parcialmente con lugar, esto implica que otras pretenciones de los denunciantes fueron rechazadas.

Según la oficina de prensa de la Sala, la persona denunciante también alegó violación a sus derechos fundamentales por las restricciones al tránsito vehicular y a las actividades de comercio, dictadas por el Gobierno en atención a la pandemia del COVID-19; así como una vulneración a la libertad de prensa por parte de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por cancelar la suscripción al Diario Extra.

Estos alegatos fueron declarados sin lugar por el Tribunal.

Participaron de la resolución del caso los magistrados Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal (magistrado instructor), Nancy Hernández López, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García, Anamari Garro Vargas y el suplente Ronald Salazar Murillo.