Mucho se ha discutido, particularmente en los últimos meses sobre el prudencial y efectivo manejo de la información de la ciudadanía. Este tema, que por referencia es de especial interés y consideración en otras latitudes, no parece encontrar la debida respuesta -aquella que corresponde a la importancia que el desarrollo de nuestra sociedad exige- por parte de quienes precisamente aquejan la ausencia de controles en el tratamiento de esa constante en nuestro diario vivir, sea, la forma y el contenido para el correcto tratamiento de los Datos Personales.
Con trabajo por realizar respecto de algunos países en Latinoamérica, pero claramente por encima de una respetable mayoría, Costa Rica no sólo constituyó su normativa en la materia desde el 2011, sino que, consolidó el esfuerzo de poner en marcha el órgano regulador que, con efectos formales, tiene la competencia para garantizar los fines del ya consagrado derecho a la Autodeterminación Informativa.
No obstante, debe entenderse que quienes con natural y seria intención hemos detentado la Dirección de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes, hemos asumido la titánica labor de responder al reto de crear una cultura material en el escenario de la realidad nacional. Con ello, nos referimos a la diferencia entre conocer un problema y solucionar el mismo.
Hoy la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) se enfrenta al que podría significar el mayor reto en su haber hasta el momento, sea:
Lo relacionado con el Decreto No. Nº 41996-MP-MIDEPLAN, Creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos. Al respecto, cargamos con una alta responsabilidad y necesidad de manifestar nuestro respeto y respaldo a la institucionalidad de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes en lo que a continuación se indica:
- Consideramos técnica y formalmente equívoco, el señalamiento que realizó la Defensoría de los Habitantes en su investigación sobre el caso de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD). Toda vez que mediante basta evidencia, la PRODHAB ha demostrado que no tenía conocimiento alguno de la existencia de la UPAD, ni tampoco fue consultada sobre el alcance o la redacción del texto del decreto. Aunado a ello, no es lógico, ni posible hablar de omisión en el ejercicio de las competencias de la Agencia, puesto que la misma, no podría haber intervenido una supuesta base de datos cuya existencia desconocía.
- Sobre esta línea, de acuerdo con los alcances de la Ley 8968 y su reglamento, la PRODHAB inició un procedimiento de oficio para establecer los alcances de la Unidad de Análisis de Datos (UPAD) y las implicaciones del fallido decreto que crearía la oficina, aun cuando el decreto ya había sido derogado un día hábil atrás.
- La Agencia también, debe reflexionar sobre aquellas decisiones que puedan distanciarse de principios y derechos, no solo relacionados con la propia protección de los Datos Personales, pero también, sobre los límites que al respecto se han formado en términos de la transparencia y la Libertad de Expresión.
Del trabajo efectuado por la Prodhab
De manera muy general, es a partir del 2014 que la Agencia asume propiamente sus deberes. Desde ese momento hasta la fecha, se han conocido y resuelto, sustanciales cantidades de Procedimientos de Protección de Derechos, el derecho a la Intimidad y los derechos de la Personalidad. Incluyendo, además, la representación en procesos Contenciosos Administrativos y Recursos ante Sala Constitucional. Son innumerables, las capacitaciones, charlas y conferencias que durante seis años la PRODHAB, ha realizado en todo el país y para diferentes organizaciones, instituciones públicas y empresas privadas. Incluyendo un extenso plan de difusión, concebido en medios de comunicación. Fue también a lo largo de este tiempo, que se iniciaron intensas actuaciones en conjunto con el COMEX y PROCOMER, de cara a satisfacer los requisitos de la OCDE en materia de Protección de Datos Personales y que, remataron en febrero de 2017; donde, en visita de la comisión de dicho organismo al país y a razón de la activa participación de la PRODHAB, se obtuvo el visto bueno de la entidad, en materia de Protección de Datos. A lo largo de estos años, se han modelado estrechas relaciones con la Red Iberoamericana de Protección de Datos y en Europa, con propósitos tales como generar los espacios necesarios a fin promover la eventual adhesión al Convenio 108 de la Unión Europea y llegar a consolidar la adecuación de Costa Rica al marco regulatorio de la UE. Sabidos de la necesidad de generar consciencia y dar a conocer la urgencia de realizar ajustes normativos de cara a la entrada en vigor del Nuevo Reglamento de Protección de Datos de la Unión Europea, la PRODHAB se impuso a nivel internacional, con la realización del XVI Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos Personales. A lo largo de dos días completos, participaron más de 40 Autoridades de Protección de Datos de Iberoamérica, la Federal Trade Comission de Estados Unidos, Google, Facebook, Microsoft, PANIAMOR, designados de la academia y sociedad civil, así como jerarcas del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y representantes de la Delegación de la Unión Europea. Aunado a todo lo anterior, se refrendaron convenios de cooperación interinstitucional con la Defensoría de los Habitantes y con la Unidad de Gobierno Abierto a fin de lograr un necesario balance y armonización entre los temas transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
A partir de las sinergias creadas desde la Prodhab con el Ministerio de Comercio Exterior y bajo el financiamiento de la Embajada Británica, se consolidó la elaboración de la Estrategia Nacional de Privacidad, tema que además representa un compromiso país en el marco del ingreso de CR a la OCDE. Sobre este tema, según entendemos, se han estado recabando criterios de distintos consultores y profesionales (tanto contratados como ad-honorem), sin que a la fecha exista un producto definitivo, sobre el cual manifestarse. En los tiempos más recientes, se ha colaborado de manera directa en la implementación de la Estrategia Nacional de Ciberseguridad y por último, pero no menos importante, se dio un paso adelante en términos de independencia de la Prodhab, con la reforma al reglamento de la Ley 8968 que elimina el recurso de apelación en los Procedimientos de Protección de Derechos, que antaño resolvía el o la Ministra de Justicia y Paz, dotando con ello de una vez por todas, de independencia las resoluciones de la Agencia, al no tener ulterior recurso ante el jerarca y agotando así la vía administrativa.
La adecuada dotación de recursos técnicos y presupuestarios
En conclusión y con conocimiento de causa, en la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes se hace mucho con muy poco, en jerga popular “se trabaja con las uñas”. Debe recordarse que estamos hablando de un órgano de máxima desconcentración del Ministerio de Justicia y Paz, con un rango jerárquico idéntico al Registro Nacional o la Dirección Nacional de Notariado; y de la misma forma, cuyas obligaciones abarcan por competencia todo el territorio nacional, y por necesidad de su desempeño, las relaciones con entes internacionales y autoridades reguladoras de diferentes países. En un mundo, dónde las nuevas tecnologías ganan con desparpajo espacios inéditos en nuestras vidas; cuando las soluciones informáticas sobreseen las posibilidades de la lenta evolución normativa, es necesario un intenso esfuerzo creativo, sobre todo, si los instrumentos otorgados fallecen en el intento de proveer argumentos necesarios para dar las respuestas que la ciudadanía demanda.
En Costa Rica, es prioritario pasar por el velo que otros con anticipación, han debido cumplir para materializar la efectiva protección de los datos personales de cada ciudadano. Primero, se requiere que el órgano sea independiente, técnica y formalmente. Ello no para liberarlo del necesario control político de pesos y contrapesos, sino para garantizar absoluta libertad en la toma de decisiones. Segundo, es de vital importancia desplegar el contenido presupuestario necesario para fortalecer y empoderar el órgano, de forma tal que efectivamente pueda cumplir funciones tales como las acciones de oficio y auditorias, contando con suficiente personal y recursos; además para llevar la cultura de la protección de datos, a todos los rincones del país.
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