El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este martes, en segundo debate, el expediente 21.148 que amplía los servicios de telecomunicaciones sujetos al impuesto del 1% cuyos recursos se destinan a la Cruz Roja Costarricense.
La iniciativa, en trámite en el Congreso desde el 29 de noviembre de 2018, recibió 44 votos a favor y 3 en contra, estos últimos correspondientes a los tránsfugas Carmen Chan, Jonathan Prendas y Nidia Céspedes.
La contribución parafiscal (denominada así porque lo que se perciba por ella no figurará en el Presupuesto Nacional), la pagará toda persona física o jurídica propietaria de un servicio de telecomunicaciones, entendidos estos como los servicios de telefonía móvil en cualquier modalidad de pago, telefonía tradicional, telefonía VoIP, Internet (fijo y móvil), y líneas dedicadas.
Hasta la fecha, la ley dispone que el impuesto del 1% lo pagan aquellos con una línea telefónica convencional, móvil, prepago, pospago o cualquier otra modalidad de telefonía.
Quedarán exoneradas del pago de este tributo:
- Las líneas destinadas a la telefonía pública.
- Los servicios de telecomunicaciones pertenecientes a los centros de atención de personas con cáncer.
- Los servicios de telecomunicaciones pertenecientes a los centros de atención de pacientes en cuidados paliativos.
- Los servicios de telecomunicaciones pertenecientes a los centros de atención integral para el adulto con discapacidad (Caipad).
- Los servicios de telecomunicaciones pertenecientes al Cuerpo Nacional de Bomberos.
- Los servicios de telecomunicaciones pertenecientes a la Asociación Cruz Roja Costarricense.
- Los servicios de telecomunicaciones pertenecientes a la Red Nacional de Cuido y los CEN-CINAI.