El Ministerio de Salud publicó la madrugada de este viernes el listado de lugares o actividades en las que el uso de mascarilla o careta será obligatorio como medida para cortar los contagios de la COVID-19.

Según se dispone en la resolución MS-DM-6002-2020, se ordena el uso obligatorio por ser equipo de protección personal la mascarilla o la careta para todas las personas cuando requieran acceder al servicio de transporte público remunerado de personas en sus diferentes modalidades; así como para acceder a determinados establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento.

Ese listado incluye ahora:

— Aquellas personas que atiendan público. En el caso de restaurantes siempre debe ser mascarilla por la posición elevada de quien toma el pedido. El personal de atención al público que cuente con barreras físicas (vidrios, acrílicos, polietilenos), no está obligado a utilizar careta o mascarilla. Si una evaluación de riesgos realizada por la propia empresa lo considera oportuno, éstas pueden ser utilizadas como parte del Equipo de Protección Personal.

— Clientes y choferes de transporte público remunerado de personas dentro de los vehículos, y recomendado en estaciones y paradas. La empresa autobusera tendrá la rotulación respectiva sobre el uso correcto de la mascarilla.

— Asistentes y quienes ofician actos religiosos.

— Clientes de teatros y cines.

— Visitantes a personas internadas en centros de salud, cárceles, centros de atención de personas que consumen sustancias psicoactivas o centros de atención de población que posea factores de riesgo.

—  Personas cuidadoras de personas adultas mayores y de personas con discapacidad, especialmente quienes prestan este servicio en asilos, hogares de ancianos y otras alternativas residenciales.

— Personas que laboran en call centers (centros de llamadas) que comparten cubículos de trabajo.

— Clientes de bancos y entidades financieras públicas y privadas, previendo las medidas de seguridad implementadas por las entidades y minimizando la manipulación de la mascarilla o la careta.

— Clientes de supermercados y tiendas.