Hace un año las estudiantes de las Universidades Públicas se declararon en emergencia por causa de la violencia de género, especialmente los actos de hostigamiento sexual vividos dentro y fuera de las aulas. Asimismo la II Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (2015) encontró que tres de cada cuatro mujeres costarricenses reportaron haber sufrido actos de contenido sexual indeseado y de alto impacto para su salud integral, en espacios de acceso público.
Por tanto, las estudiantes universitarias junto con las más de 9000 personas que firmaron la petitoria, reiteraron la necesidad de que el Estado costarricense garantice una vida libre de acoso sexual en los espacios públicos, como un derecho de todas las personas –pero sobre todo de las mujeres– a transitar y permanecer seguras, sin temor a la exposición a ningún tipo de acto de violencia sexual en espacios públicos, espacios privados de acceso público o medios de transporte.
"Finalmente, desde nuestra lucha interseccional reivindicamos que los espacios públicos también nos pertenecen; no consentiremos que sigan triunfando la opresión, la violencia y la complicidad estatal hacia estos repudiables e inadmisibles actos de los que históricamente hemos sido víctimas las mujeres", señala un comunicado emitido por federaciones estudiantiles universitarias y colectivos feministas.
El proyecto de ley 20.299 busca sancionar los delitos de “exhibicionismo o masturbación” en público con prisión de seis meses a un año, o de 30 a 45 días multa. Además, quienes persigan o acorralen “con una connotación sexual” a otra persona tendrán una sanción de prisión de ocho meses a un año, o de 30 a 45 días multa.
La “producción de material audiovisual”,“con connotación sexual de otra persona sin su consentimiento” serán penados con prisión de diez meses a los tres años, o de 30 a 45 días multa. También, pena el acoso sexual por medios electrónicos de forma grupal, y no solo de forma individual.
Adicionalmente, se establecen “penas accesorias” (las personas sentenciadas deberán ingresar a tratamientos de adicción por alcohol o droga; o un programa para ofensores) que deberán ser sumadas a las sentencias de los delincuentes.
El proyecto de ley considera agravantes los delitos si estos son cometidos por “dos o más personas”, si perjudican a una persona menor de edad, a una persona adulta mayor de 65 años o a una persona con discapacidad. La reincidencia delictiva también se considera un agravante. Si los casos cumplen con alguno de los agravantes, las sanciones pueden aumentar en un tercio de lo establecido.
Este jueves se esperaba la aprobación en primer debate del proyecto, sin embargo, 15 diputados independientes, del PUSC, PLN y PRN votaron en contra de ampliar el horario de la sesión para terminar el trámite, por lo que será hasta el lunes que continúe su discusión.