El Ministerio de Educación Pública (MEP) definió los criterios para indemnizar a los transportistas de estudiantes que desde el pasado 17 de marzo no ofrecen el servicio, debido al cierre de centros educativos, como consecuencia de la pandemia por COVID-19.
El Ministerio estableció una fórmula que determina un pago de hasta un máximo de 45% del monto presupuestado por el MEP para cada mes, según la cantidad de días lectivos, mientras se mantenga suspendida la educación presencial. El monto de la indemnización para cada ruta, queda sujeto a la presentación del reclamo y la demostración, con base en la documentación correspondiente por parte de cada transportista.
Dato D+: Según los datos presentados por el MEP un transportista que recibía ₡4 millones por dar el servicio a 200 estudiantes, obtendría de indemnización mensual ₵1.800.000.
La medida fue expuesta a los transportistas el día de hoy por la ministra de Educación, Giselle Cruz Maduro, y el viceministro Administrativo, Steven González Cortés, en una reunión que sostuvieron con la Federación Nacional de Pequeños y Medianos Transportistas.
Los representantes de la Federación —que agrupa asociaciones y cámaras que brindan servicio de transporte estudiantil— rechazaron la propuesta, argumentando que el monto de la indemnización les resulta insuficiente, pese a que no están prestando el servicio.
Dato D+: Según las cifras dadas por el MEP 1.200 transportistas dan el servicio a 164.950 estudiantes en 3.753 rutas en todo el territorio nacional.
González aseguro que su deber como jerarcas es “resguardar los recursos públicos”, razón por la cual aplicaron “criterios técnicos y objetivos” con el fin de no afectar a los transportistas y asegurar que el servicio no sufra inconvenientes cuando se reanuden las clases presenciales.
Según aclaró González, la mayoría de los rubros por transporte responden a subsidios que se les dan a los estudiantes a través de las Juntas de Educación y Administración, y no responde a contratos entre el MEP y los transportistas.
El cálculo del 45% se realizó estimando los rubros fijos de gastos para los transportistas, que incluyen salarios y cargas sociales, derechos, seguros y cánones, mantenimiento de las unidades, administración de la actividad y depreciación de las unidades.