Nadie conoce la fecha exacta que se podrá dar por cerrada la crisis; todos los días cambia la regulación y recomendaciones que entregan los Estados, las instituciones y los cuerpos especializados. Eso sí, hay una cosa cierta, la vida continúa y los diferentes actores sociales debemos estar conscientes de ello y preparados para los cambios que serán necesarios para adaptarse a una “nueva realidad”.
Dentro de los cambios más importantes en materia laboral, para la aplicación de la “nueva realidad” se encuentran:
1. Se necesita adaptar el entorno jurídico a la realidad que viven las empresas y los trabajadores.
La promulgación de importante normativa en un periodo sumamente corto (que para algunos parecerá récord), ha hecho que las empresas pudieran sostener la situación económica y no tener que proceder con medidas más drásticas como lo son los cientos de miles de despidos que se podrían haber suscitado si no se hubieran promulgado la “Ley de Autorización de Reducción de Jornadas de Trabajo ante la Declaratoria de Emergencia Nacional” y el “Reglamento para el procedimiento de suspensión de contratos de trabajo en casos relacionados con los incisos a) y v) del artículo 74 del Código de Trabajo”.
Esa promulgación de normativa no fue en un solo sentido, también busco que las personas trabajadoras que fueron afectadas por las medidas paliativas para las empresas lograran tener una entrada económica para afrontar la crisis, por tanto se promulgó normativa para ayudar económicamente a estas personas trabajadoras.
Por su parte, las autoridades en salud han dictado las pautas necesarias para lograr definir muchas de las líneas de acción a seguir en los centros de trabajo para dar continuidad.
Por último, se encuentra el papel de las empresas, que han tenido que promulgar o modificar normativa interna para el manejo de sus colaboradores; contratos de teletrabajo, protocolos de salud, documentación necesaria en temas de datos personales, han sido vitales para lograr que su operación siga activa a más de dos meses desde el primer caso activo de COVID- 19, en el país.
2. Deben implementarse nuevos modelos de trabajo con el fin de continuar prestando los servicios; el caso del teletrabajo.
Muchas de las empresas utilizaron la pandemia, como periodo de prueba para este modelo y muchas de estas lo conservarán posterior a la crisis.
Para la implementación correcta de este modelo, se deben de recordar ciertos aspectos clave: la participación es voluntaria y revocable; la empresa deberá de realizar un estudio de las posiciones teletrabajables; se debe promulgar una política; se deberá firmar un acuerdo de teletrabajo o una adenda al contrato de trabajo y se deben definir los medios de fiscalización y control, así como los procedimientos internos para cada una de las empresas, según sus necesidades.
Por último, en este modelo, las relaciones laborales siguen activas y las acciones que tomen los trabajadores, podrían acarrear procedimientos disciplinarios y/o sanciones.
3. Se cambian procesos internos de las empresas
Con la epidemia del COVID-19, muchos de los procedimientos internos de las empresas cambiaron. Dentro de estos se pueden mencionar
Cambios en procesos de comunicación: La COVID-19, generó que se normalizara la utilización de plataformas virtuales y telemáticas, para la comunicación de los colaboradores. La crisis hizo que todos los trabajadores vieran la necesidad de comunicarse por estos medios.
Cambios en procesos de reclutamiento: los procesos de reclutamiento ya no son de la manera que se conocían. Ahora estos se realizan casi que en su totalidad desde un medio electrónico. Dicho esto, hay que tomar en cuenta una serie de elementos para llevar a cabo estos procesos de reclutamiento “telemáticos” de manera correcta: i) existen temas de protección de datos, ii) se debe evitar la discriminación y iii) estos procesos poseen la misma validez y efectos que los presenciales.
Cambios en procesos internos: Los procesos disciplinarios, de feedback, de solicitud de documentación o información, de fiscalización y de salida de la empresa, son los que más adaptaciones han tenido. Si bien se puede escribir mucho de estos procesos, lo importante es que se realicen de la manera correcta y siempre consultando a su asesor de confianza, al ser que estos poseen la misma validez y eventualmente consecuencias o reclamos que tienen los regulares o presenciales.
4. Se da una mayor importancia a los temas de confidencialidad y protección de datos.
Con la aplicación de modelos alternativos como el teletrabajo o la aplicación de medidas para mantener a salvo la información de su empresa, como la de sus trabajadores; las empresas han dado mayor importancia a temas de confidencialidad y protección de datos.
Dicho esto, se han promulgado normativa interna y documentación legal, para proteger la información que goza en virtud del artículo 7 de la Ley de Información No Divulgada, el carácter de confidencial y que es de mucho valor para las compañías.
5. Se establecen programas de cumplimiento relacionados con temas de salud ocupacional, higiene y riesgos de trabajo.
Muchas de las empresas han establecido programas de cumplimiento relacionados con salud ocupacional, higiene y riesgos de trabajo; así como la emisión de lineamientos y normativa interna con el fin de estar acordes al ordenamiento internacional y nacional en estos temas.
La introducción de estos cambios y la rigurosidad en la aplicación de programas de cumplimiento y manejo del riesgo, perdurarán después de la pandemia. Muchas empresas que hasta el momento no poseían un departamento de cumplimiento están creando uno y los que existen actualmente, se encuentran en crecimiento.
Estos son los cambios que desde la perspectiva de este servidor se han visto marcadamente y que quedan como aprendizaje para las empresas una vez que se terminen los efectos de la pandemia por COVID-19.
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