El presidente de la República, Carlos Alvarado y la ministra de Economía, Victoria Hernández suspendieron la aplicación de la prohibición del bandeo en el arroz, práctica conocida como agregar regalías a las bolsas o sacos, tales como aceite, consomés, entre otros; u ofrecer un precio promocional por la compra de ese arroz con otro producto adherido.

Esta práctica fue prohibida en 2017 durante el gobierno de Luis Guillermo Solís y fue declarada válida por la Sala Constitucional semanas después, por considerar que se trataba de una medida para evitar la evasión de la fijación de precios en la regulación del arroz.

Mediante el Decreto Ejecutivo 42324-MEIC publicado este sábado en el Diario Oficial La Gaceta, el gobierno suspendió esa medida prohibitiva debido a las afectaciones que está viviendo la población por la pandemia de COVID-19.

"El Poder Ejecutivo está llamado a reforzar, con apego a la normativa vigente, las medidas pertinentes para proteger a la población más vulnerable, tanto desde el punto de vista de salud pública, como en cuanto a la atención de las necesidades básicas de la población, afectados por la emergencia", dice el decreto.

La nueva norma resalta que algunos establecimientos comerciales han tomado la iniciativa de ofrecer al público canastas de productos, las cuales pueden ser compradas para satisfacer necesidades personales o ser donadas por ciudadanos que quieran colaborar con otras familias.

"La posibilidad de comprar o realizar donaciones de productos ya empacados en presentación de canastas, o que se encuentre en oferta o en promoción con otros productos, permite que la población pueda adquirir o donar de manera rápida sin necesidad de realizar desplazamiento dentro de los locales comerciales, limitando al máximo profundizar con su actuación los efectos
negativos generados por el COVID-19 y tomando las medidas respectivas para evitar su propagación en el territorio nacional", agrega el decreto.

La suspensión de la prohibición, señalada en el artículo 10 del Decreto Ejecutivo Nº 38884-MEIC del 24 de febrero del 2015, aplicará durante el estado de emergencia nacional por COVID-19 y será revisada, actualizada o derogada de conformidad con el desarrollo del estado de emergencia nacional.

El levantamiento de la prohibición rige a partir de hoy.