El diputado del Frente Amplio, José María Villalta Florez-Estrada, presentó el día de hoy el proyecto de ley 21.828, que buscaría fortalecer la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) y cerrar los portillos de interpretación, que según el diputado, tiene la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos (Ley 8968).
Según la exposición de motivos las razones para estos cambios se basan en que, a pesar de que los mandatos jurisprudenciales y legales respaldan la protección de datos personales, se han visto casos en los que las administraciones públicas se han aprovechado de la ambigüedad de lo establecido en algunas de las excepciones al derecho de autodeterminación informativo. Como ejemplo se cita el (ahora derrogado) Decreto 49.996 que creó la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD) y tuvo las últimas dos semanas en crisis al Poder Ejecutivo. Como resultado directo de esta crisis se dio la salida del ministro de la Presidencia, Víctor Morales Mora, dos viceministros y otros tres funcionarios del despacho del presidente, así como cuatro investigaciones penales en la Fiscalía General.
Según el proyecto de ley, el Decreto 49.996 fue firmado haciendo una interpretación extensiva a las excepciones a la autodeterminación de los ciudadanos, establecidos en los incisos e) y f) del artículo 8 de la Ley 8968. El proyecto de ley propone una nueva redacción, de la siguiente manera:
ARTÍCULO 8.- Excepciones a la autodeterminación informativa del ciudadano. Los principios, los derechos y las garantías aquí establecidos podrán ser limitados de manera justa, razonable y acorde con los principios de legalidad y de transparencia administrativa, cuando se persigan los siguientes fines:
(…) e) La adecuada prestación de servicios públicos, siempre que se realice en el marco las competencias y potestades expresamente conferidas por la ley al ente prestatario.
f) La eficaz actividad ordinaria de la Administración, dentro de los límites de las competencias y potestades expresamente conferidas por la Ley a cada autoridad pública.” (Subrayado el texto que añade el proyecto).
En comunicado de prensa, el diputado agregó:
El caso de la UPAD demostró que existen portillos legales y debilidades institucionales que el Poder Ejecutivo intentó aprovechar en el ya derogado decreto. Aunque el decreto no resiste el más mínimo análisis de constitucionalidad, es necesario corregir esas ambigüedades en la legislación.
Adicionalmente, el proyecto propone el traslado de la Prodhab, del Ministerio de Justicia y Paz a la Defensoría de los Habitantes, para, según el diputado, darle mayor independencia a la agencia especializada frente al Gobierno de la República. Sobre este tema, Villalta señaló:
La experiencia nos demostró que fue un error dejar la PRODHAB adscrita al Poder Ejecutivo cuando su función primordial es la defensa de las y los habitantes frente al tratamiento abusivo que puede hacer el Estado de sus datos personales. Sus funciones se ajustarían bien dentro de la Defensoría.
Este cambio significaría, además, que el nombramiento del director de la Prodhab sería un deber del jerarca de la Defensoría de los Habitantes y no de la jerarquía del Ministerio de Justicia y Paz como actualmente sucede.
Adicionalmente, el proyecto incluiría un nuevo artículo 12 bis a la ley 8968, para el tema del uso de trabajos estadísticos. El artículo propuesto establece el requisito de que se garantice la privacidad de los proveedores de datos, así como la confidencialidad de la información individual que se requiera para uso estadístico.
Para que el proyecto pueda iniciar su trámite legislativo de una vez, debe ser convocado por el Poder Ejecutivo, si no deberá esperar hasta el 1 de mayo cuando la Asamblea Legislativa inicie su primer periodo ordinario de sesiones de la próxima legislatura.