El Plenario de la Asamblea Legislativa sesionó este martes a doble jornada para tramitar el primero de los proyectos de ley que el Poder Ejecutivo convocó para paliar los efectos negativos que tendrá la pandemia de COVID-19 en Costa Rica en el campo económico.
Apenas presentado el lunes 16 de marzo y dispensado del trámite de comisión ese mismo día, este martes los diputados se avocaron a entablar negociaciones políticas y técnicas con el ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves, para determinar cuáles de las mociones que habían presentado tenían viabilidad.
La primer sesión, de 9:30 am y a 12:30 pm y la segunda de 3:00 pm hasta las 9:30 pm, transcurrieron entre larguísimos recesos mientras las fracciones se ponían de acuerdo a lo interno sobre las mociones y luego sobre los intercambios que tenían con Chaves.
Durante toda la jornada la cantidad de mociones presentada fue aumentando hasta llegar a 39. José María Villalta del Frente Amplio impulsaba eliminar la moratoria de aranceles y limitar las otras para grandes contribuyentes y grandes empresas; de modo que tuvieran tres meses de moratoria y el resto de contribuyentes tuviera seis; además de autorizar a aprobar fraccionamientos de pago de los impuestos de los meses bajo la moratoria a lo largo del año 2021.
La diputada Yorleni León del PLN impulsó mociones para permitirle al Ejecutivo extender la moratoria y el plazo para pagar los impuestos vía decreto; mientras que Erwen Masís y el resto de la fracción del PUSC impulsaron reducir el monto del IVA en un 25% o 50%; y permitir considerar deducible del impuesto sobre la Renta un 25% más del gasto en sueldos y salarios.
Al final, el texto de consenso abarcó varias de las propuestas presentadas vía moción, por lo que al final -exceptuando al texto acordado- se votaron y rechazaron cinco mociones. El resto fueron retiradas por sus proponentes.
El proyecto fue aprobado con 47 votos a favor y ninguno en contra. Su segundo debate ocurrirá este jueves.
Las cinco medidas
La esencia del proyecto presentado por el ministro Chaves se mantuvo. Únicamente se adicionó una quinta medida: exonerar los arrendamientos usados para actividades comerciales del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) durante los meses de abril, mayo y junio; siempre y cuando arrendatario y arrendador estén inscritos en el Registro Único Tributario de la Dirección General de Tributación, en el Régimen General o el Régimen Especial Agropecuario.
La anterior idea fue de diputados del Partido Liberación Nacional, quienes la impulsaron vía moción y lograron que en la mesa de diálogo se incorporara al texto de consenso.
En adelante las medidas mantienen el fondo propuesto inicialmente por el Ejecutivo.
La primera establece una moratoria del Impuesto al Valor Agregado (IVA). ¿Cómo funcionará? Los contribuyentes de este impuesto (personas jurídicas y físicas con actividad lucrativa) deberán presentar las declaraciones del impuesto durante los meses de abril, mayo y junio (correspondiente a lo recaudado durante marzo, abril y mayo), pero no estarán obligados a pagarlo en las fechas originalmente previstas.
Si el contribuyente se acoge a esa posibilidad, estará obligado a pagarle a Hacienda esos montos a más tardar el 31 de diciembre del 2020, sin intereses o multas; o debe haber suscrito un acuerdo de pago con la Administración Tributaria.
A partir del 1 de enero del 2021 los contribuyentes que no realizaron el pago del impuesto correspondiente a los meses cubiertos por la moratoria, y que no cuenten con un arreglo de pago estarán sometidos a los intereses, multas y sanciones correspondientes.
La segunda medida es la eliminación de los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades. ¿Cómo funcionará? Los contribuyentes de este impuesto (personas jurídicas y físicas con actividad lucrativa) estarán eximidos de realizar los pagos parciales del impuesto sobre las utilidades que les correspondiera efectuar en los meses de abril, mayo o junio de 2020.
Sin embargo, dicha moratoria no aplicará para aquellos contribuyentes que, por contar con un periodo fiscal especial previamente autorizado por la Administración Tributaria, deban declarar y pagar el respectivo impuesto sobre las utilidades en los meses cubiertos por esa moratoria.
La tercera medida es la moratoria del Impuesto Selectivo de Consumo. ¿Cómo funcionará? Los contribuyentes de este impuesto que estén inscritos como tales en el Registro Único Tributario deberán presentar las declaraciones del impuesto de los meses de marzo, abril, y mayo; pero tendrán la posibilidad de no realizar el pago del impuesto durante los meses de abril, mayo y junio de 2020.
Quienes se acojan a esa posibilidad estarán obligados a pagarle a Hacienda esos montos a más tardar el 31 de diciembre del 2020, sin intereses o multas; o deben suscribir un acuerdo de pago con la Administración Tributaria, pues a partir del 1 de enero del 2021 quienes no realizaron el pago correspondiente a los meses cubiertos por la moratoria, y no cuenten con un arreglo de pago estarán sometidos a los intereses, multas y sanciones correspondientes.
Finalmente se encuentra la moratoria de aranceles. ¿Cómo funcionará? Los importadores que estén inscritos como contribuyentes en el Registro Único Tributario podrán nacionalizar las mercancías sin pagar los aranceles correspondientes durante los meses de abril, mayo y junio de 2020.
Dicha posibilidad no incluye la nacionalización de productos agrícolas y pecuarios clasificados del capítulo 1 al 24 del Sistema Arancelario Centroamericano y se mantendrán los mecanismos establecidos en al normativa nacional, ante un posible desabasto.
Los contribuyentes que se acojan a esta moratoria deberán ingresar los aranceles correspondientes a los meses cubiertos por la moratoria a más tardar el 31 de diciembre de 2020; o bien realizar un arreglo de pago con la Administración Tributaria sin incurrir en el pago de intereses ni multas. De igual forma, si al 1 de enero del 2021 no se ha hecho el pago, correrán los intereses, multas y sanciones correspondientes.
Este miércoles el Plenario no tendrá sesión en la mañana. En cambio las fracciones deberán dedicarse a analizar el borrador de proyecto de ley sobre flexibilización de jornadas laborales que presentó el Ministerio de Trabajo, también en el marco de esta emergencia.
Recursos
- Texto actualizado del proyecto aprobado en primer debate
- Excel con el detalle de todas las mociones presentadas
- Registro de la votación del texto de consenso
- Registro de votación de la Moción #13 - La moratoria del impuesto a los utilidades será para todos los contribuyentes de dicho impuesto (RECHAZADA)
- Registro de votación de la Moción #17 - Se considerará deducible de la renta bruta una suma igual al 25% del gasto que registre el contribuyente del Impuesto sobre la Renta por concepto de sueldos, sobre sueldos y salarios de conformidad lo reportado a la CCSS (RECHAZADA)
- Registro de votación de la Moción #24 - Contribuyentes independientes, microempresas y pequeñas empresas inscritas en el MEIC y MAG y Hacienda tendrán una exoneración de cobro y pago del IVA en abril, mayo, junio y julio 2020 (RECHAZADA)
- Registro de votación de la Moción #37 - El Ejecutivo podrá a partir de criterios y estudios del BCCR y Hacienda prorrogar los plazos de moratoria por el tiempo necesario. Si BCCR y Hacienda no lo recomiendan, para apartarse del criterio deberá tenerse otro criterio técnico que lo respalde (RECHAZADA)
- Registro de votación de la Moción #38 - El Ejecutivo podrá, a partir de criterios técnicos del BCCR y Hacienda prorrogar los plazos de pago de los impuestos por el tiempo necesario. Para apartarse del criterio deberá tener otro criterio. (RECHAZADA)