Este lunes entró a regir la directriz firmada por el Presidente de la República, Carlos Alvarado; y sus ministros de Salud, Trabajo y Planificación que establece que la administración central del Gobierno solo puede operar con el 20% de sus funcionarios de manera presencial.

Se trata de la Directriz 077-S-MTSS-MIDEPLAN publicada el miércoles 25 de marzo en el Diario Oficial La Gaceta y la cual daba 48 horas a las instituciones para remitir al Ministerio de Planificación su plan de servicio básico de funcionamiento, de manera que se garantice la continuidad de aquellas tareas estrictamente necesarias para asegurar el fin público institucional.

Dicho plan de servicio básico de funcionamiento debía contemplar: la convocatoria máxima a trabajar de un 20% de la planilla institucional; la aplicación de la modalidad de teletrabajo en aquellos puestos que sea posible; la justificación de los servicios que resulten indispensables para el funcionamiento de la institución; y las medidas estrictas de salud a aplicar en el caso de los servidores que deban asistir de manera presencial.

La directriz presidencial señala que en el caso del personal que no esté comprendido dentro del plan de servicio básico de funcionamiento, las instituciones de la Administración Central deberán aplicar la modalidad de teletrabajo en todo puesto que sea teletrabajable; otorgar vacaciones a todas aquellas personas servidoras que cuenten con periodos acumulados de vacaciones; y en caso de que las personas servidoras no cuenten con periodos acumulados, se les autoriza el adelanto de vacaciones.

Asimismo, a todos los funcionarios que superen los 65 años de edad o cuenten con factores de riesgo, se les deberá garantizar la aplicación de medidas de teletrabajo o vacaciones, a efectos de que no asistan a los centros de trabajo ante los riesgos del COVID-19.

De la directriz están exceptuados los servicios que prestan aquellas instituciones necesarias para la atención de la emergencia nacional por COVID-19, quienes para esos efectos podrán requerir de la cantidad de personas servidoras que sean necesarias.

La directriz insta al Poder Judicial, Poder Legislativo, Tribunal Supremo de Elecciones, municipalidades y universidades públicas, a la aplicación de las medidas de prevención contempladas