El ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, emitió dos directrices relacionadas con el decomiso de armas amparado en dos reformas que fueron aprobadas por la Asamblea Legislativa y convertidas en leyes por el Presidente de la República.

Según da cuenta el Diario Oficial La Gaceta, la directriz 10-2020 dirigida a los policías del Ministerio de Seguridad ordena esos funcionarios implementar las disposiciones que a continuación se describen, con el fin de prevenir el uso de las armas menos letales en la comisión de delitos y demás situaciones que atenten contra la seguridad y el orden público:

  • Proceder al decomiso de todas aquellas armas menos letales cuyo diseño y características sean iguales o similares a un arma de fuego, cuando se produzcan las siguientes situaciones:
    • La persona poseedora o portadora del arma menos letal registra antecedentes penales o policiales
    • La persona poseedora o portadora del arma menos letal se encuentra acompañada en el mismo vehículo de persona (s) con antecedentes penales o policiales.
    • La persona poseedora o portadora del arma menos letal se encuentra bajo los efectos del licor o de drogas ilícitas.
    • La portación o posesión del arma menos letal se produce dentro de bares y en eventos de concentración masiva de personas.

Dato D+: Las armas menos letales (AML) son dispositivos diseñados para generar un efecto específico e intermedio que permita neutralizar o incapacitar temporalmente objetivos en situaciones de riesgo medio, reduciendo la probabilidad de una fatalidad. Ejemplos son municiones de goma, balas de plástico, porras, bastones policiales, taser, bastones paralizantes, granadas de aturdimiento, gas lacrimógeno o pimienta.

Esta directriz señala que a la persona a la que se le haga el decomiso se le entregará una copia del acta de decomiso y en las observaciones se indicará concretamente el motivo del acto, así como el lugar donde será enviada.

El arma deberá ser remitida junto con el informe y acta de decomiso a la Dirección General de Armamento, quien mantendrá la custodia de la misma hasta que finalice el procedimiento administrativo correspondiente. En caso de que el resultado del mismo sea que el interesado no logró demostrar que no se encuentra dentro de las causales indicadas anteriormente, se procederá con las diligencias para su destrucción.

Asimismo, se publicó la directriz 25-2020 dirigida a todos los policías del MSP, para que cuando se decomise un arma de fuego que se encuentre registrada a nombre de una Empresa de Seguridad Privada, además de efectuar el trámite ordinario pertinente en estos casos, proceda a enviar el informe respectivo a la Dirección de Servicios de Seguridad Privados con copia a la Dirección General de Armamento y al Despacho del Ministro de Seguridad Pública.

Una vez puesta en conocimiento del decomiso, la Dirección de Servicios de Seguridad Privados deberá verificar en sus registros el estatus de la Empresa a la cual pertenece el arma de fuego, a fin de determinar si cuenta con autorización de funcionamiento, y/o si opera en la ilegalidad.

Dependiendo del resultado de ese análisis, el Ministerio tomará diferentes medidas.

Si la empresa mantiene autorización de funcionamiento vigente, la Dirección de Servicios de Seguridad Privados procederá con la respectiva denuncia por sustracción y reporte por pérdida o extravío de arma de fuego en aquellos casos en los que así proceda. Asimismo, la Dirección deberá iniciar el respectivo proceso administrativo sancionatorio establecido en la ley.

En caso que la empresa cuente con autorización de funcionamiento vencida, la Dirección de Servicios de Seguridad Privados procederá a presentar ante el Ministerio Público la denuncia por incumpliendo de lo dispuesto en los artículos 87 bis y 95 bis de la Ley 7530, en acatamiento de lo establecido en los artículos 278 y 281 de Código Procesal Penal.

Asimismo, consultará con la Dirección General de Armamento para determinar la cantidad de armas que se encuentran inscritas a nombre de la empresa con la autorización de funcionamiento vencida, con el fin de coordinar con la Fuerza Pública para proceder a la incautación de todas ellas y su remisión al Arsenal Nacional para su custodia.

Ambas directrices rigen a partir de este jueves.