El Juzgado Notarial del Primer Circuito Judicial impuso una suspensión de 13 años y un mes en el ejercicio de la función notarial a Marco Antonio Castillo Rojas, por haber casado a Laura Florez Estrada y Jazmín Elizondo Arias, aprovechando que esta última fue inscrita con sexo masculino en el Registro Civil.

Así consta en la sentencia 45-2020 del pasado 27 de enero del 2020 y de la cual Delfino.cr tiene copia, en la cual el juez Francis Porras León acogió la denuncia formulada por Guillermo Sandí Baltodano, director ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado.

El juzgado tuvo por "probado" que Castillo Rojas "insertó datos falsos" referente al sexo biológico de una de las cónyuges al referirse a ella como "soltero" e "hijo de", pese a que el documento de identidad de Jazmín para ese momento señalaba que su sexo era masculino.

Aunque Laura y Jazmín contrajeron matrimonio el 25 de julio de 2015, no fue sino hasta el 5 de noviembre de ese año que el Registro Civil, de oficio, cambió su sexo biológico a femenino.

"El notario expidió y presentó al Registro el testimonio de ese matrimonio. Siendo que la matriz es falsa, por insertar el notario datos falsos, ergo, el testimonio también es falso, de hecho la presentación del testimonio es la culminación del fraude notarial que el denunciado patrocinó", dice la resolución.

Por la autorización de la escritura del matrimonio habiendo "insertado datos falsos", el juzgado impuso a Castillo sanción de 3 años; por la falta de "expedir testimonio falso y presentarlo al Registro Civil" se le impuso sanción de 10 años de suspensión; por otro lado, por la falta de omitir en el índice la identidad de una de las cónyuges "para que el archivo no sospeche" que el matrimonio era entre dos mujeres, se le impuso sanción de un mes.

Se ordena como medida cautelar de carácter permanente en sentencia y post sentencia, la ineficacia absoluta del matrimonio autorizado por el notario acusado en la escritura 291 y se ordena al REGISTRO CIVIL la inmediata cancelación de los asientos de inscripción de ese matrimonio con efecto retroactivo a la fecha de inscripción.

El juzgado también impuso otras sanciones por faltas en las formalidades que deben seguir y tener sus tomos de protocolos, elevando la inhabilitación en 20 meses más, para un total de 14 años y 9 meses de inhabilitación. 

Otros notarios también corren riesgo de sanción

El juez Francis Porras cuestionó en su resolución que el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones no haya presentado denuncias contra los demás notarios que han estado formalizando matrimonios entre personas del mismo sexo, antes de que el plazo de 18 meses que dio la Sala Constitucional para que se anule la prohibición entre a regir.

De acuerdo con él, es un "hecho notorio" que hay una cantidad importante de notarios autorizando matrimonios sin que ese plazo se haya cumplido, y el Registro Civil en lugar de denunciar tal hecho, ha procedido a dejar las solicitudes como pendientes de inscripción, "sin que estén claras las razones jurídicas de tal proceder".

Por este hecho, el juez ordenó al director del Registro Civil, Luis Guillermo Chinchilla Mora, entregar a la Dirección Nacional de Notariado en un plazo de tres días la identidad de todos los notarios que han presentado documentos de matrimonio entre personas del mismo sexo y que se encuentran "pendientes de inscripción".

A la Dirección Nacional de Notariado, el juez ordenó remitir las denuncias respectivas al Juzgado Notarial en el plazo máximo de 15 hábiles a partir de que reciba cada uno de esos matrimonios.

A septiembre del 2019, el Registro Civil reportaba 33 matrimonios entre personas del mismo sexo a la espera de inscripción. Delfino.cr está a la espera del dato más actualizado.

Más órdenes

El Juzgado Notarial también le ordenó al Registro Civil iniciar una investigación interna para determinar si alguno de sus funcionarios actuó de forma dolosa en la inscripción del matrimonio entre Laura y Jazmín, de lo cual deberá darle cuentas al juzgado en un plazo máximo de tres meses.

Varias de las órdenes emitidas por el juez tienen ejecución inmediata, sin importar si la resolución es recurrida por el notario.