El Plenario de la Asamblea Legislativa acogió, por unanimidad, las correcciones hechas por la Comisión de Consultas de Constitucionalidad al proyecto de "Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos".

En una votación de 49 diputados a favor y 0 en contra, el pleno acogió el dictamen unánime afirmativo emitido por ese órgano legislativo a finales del 2019 en el que se eliminaron las normas señaladas inconstitucionales por la Sala Constitucional.

Registro de la votación.

La primer norma eliminada fue la relativa a los delitos por los cuales un sindicato sería disuelto en caso de que uno de sus altos dirigentes fuera condenado en por los delitos señalados en los artículos 128, 263 bis y 264 del Código Penal, ya que la Sala concluyó que tal medida violaba los artículos 28, 39 y 60 de la Constitución Política y los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

Aunque la resolución de los magistrados avaló disolver un sindicato si sus altos dirigentes eran condenados penalmente por los delitos señalados en los artículos 144, 229, 339 y 340 del Código Penal, la Comisión optó por eliminar del todo esa reforma.

Finalmente, el Plenario acogió al recomendación de eliminar del texto del proyecto la prohibición de huelga en los servicios brindados por el Poder Judicial, dado que la Sala encontró un error de procedimiento ya que la Corte Suprema no fue consultada sobre esa medida en este expediente, aunque sí lo fue (y dio criterio positivo) en otra iniciativa.

Al haberse aprobado el dictamen, el Plenario deberá sesionar mañana de forma extraordinaria a partir de las 9 am para discutir y votar la iniciativa en primer debate por segunda vez.