La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con sede en Costa Rica arrancó este martes el juicio contra el Estado de Ecuador por el suicidio de una menor de edad, quien fue violada por el vicerrector y el médico del colegio en el que estaba matriculada.

Este caso es el número 12.678 y lleva por nombre Paola del Rosario Guzmán Albarracín y familiares VS. Ecuadory fue elevado ante la Corte IDH por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el año pasado.

En este caso se debatirá la responsabilidad internacional de Ecuador por los hechos que llevaron a la muerte de la menor a la edad de 16 años, tras ser víctima de violencia sexual desde que tenía 14 años.

La CIDH concluyó en su análisis preliminar del caso que Ecuador tenía responsabilidad en el suicidio de la menor, no solo porque los dos victimarios eran funcionarios públicos, sino porque el Estado incumplió el deber de garantía en su componente de prevención, ya que ni el colegio ni el país en general contaban con herramientas preventivas y de detección temprana, ni con mecanismos de rendición de cuentas frente a situaciones como ésta. La Comisión encontró, además, que el caso de violencia sexual contra Paola no fue el único en ese centro educativo.

La CIDH también señaló que existió responsabilidad del Estado, pues los responsables del colegio no tomaron las medidas necesarias para que Paola recibiera una atención médica adecuada tras consumir fósforo blanco.

Según los hechos del caso, durante un recorrido de autobús escolar hacia el colegio, la menor confesó a varias de sus amigas haber consumido "diablillos", un tipo de pólvora que contiene fósforo blanco. Sus compañeras la llevaron a la enfermería del centro educativo, pero allí no le prestaron atención ni llamaron a sus familiares, por lo que una de las amigas de Paola llamó a la madre de la menor, la cual llegó media hora después y se la llevó a un centro médico donde falleció al día siguiente.

Después de la muerte de la menor, otras víctimas afirmaron haber sido atacadas por el vicerrector del centro educativo, incluida una profesora.

"La Comisión concluyó que el Estado ecuatoriano es responsable por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la autonomía, vida privada y dignidad, al derecho a la especial protección del Estado en su condición de niña, a la igualdad y no discriminación, a la educación, a la salud y a vivir libre de violencia, en perjuicio de Paola del Rosario Guzmán Albarracín", dijo la CIDH.

El caso hasta la fecha se mantiene en la impunidad, debido a la mala diligencia de las autoridades. Además se determinó que los procesos seguidos por la muerte de Paola no fueron conducidos con una perspectiva de género y que tanto en la acción penal, como en las vías civil y la administrativa, estuvieron presentes estereotipos sobre el rol y comportamiento social de las mujeres, situación que constituyó una violación del principio de igualdad y no discriminación en el acceso a la justicia.

La CIDH recomendó a Ecuador reparar integralmente las violaciones de derechos humanos causadas, sin embargo, el país no accedió a ello por lo cual la CIDH elevó el caso ante la Corte Interamericana.

Este es el primer caso que la Corte IDH deliberará sobre violencia sexual, incluyendo acoso sexual, en el ámbito educativo.