Este lunes la Dirección Regional de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reiteró la prohibición a las agrupaciones partidarias de utilizar el discurso religioso como movilizador de votantes en las elecciones municipales del próximo 2 de febrero.

El recordatorio se realizó mediante la circular DGRE-013-2019, de la cual este medio tiene copia, y que recuerda que, amparándose en el artículo 136 del Código Electoral, es prohibida la referencia a temática religiosa en las actividades proselitistas de cara a las urnas municipales:

Como es de su conocimiento, el pasado 2 de octubre, el Tribunal Supremo de Elecciones hizo pública la Convocatoria a las Elecciones Municipales para elegir a los cargos de elección popular a nivel municipal, que se verificarán el 2 de febrero de 2020. En virtud de lo anterior, de conformidad con el párrafo tercero del artículo 136 del Código Electoral, que señala que 'es prohibida toda forma de propaganda electoral en la cual, validándose de las creencias religiosas del pueblo o invocando motivos de religión, se incite a la ciudadanía, en general, o a los ciudadanos, en particular, a que se adhieran o separen de partidos o candidaturas determinadas'".

La misiva agrega el recordatorio de "dicha prohibición no implica restringir la libertad para la organización y celebración de actividades de naturaleza religiosa" y que está prohibida la realización de práctica proselitista "en recintos de oración públicos o privados y ceremonias litúrgicas, tales como procesiones, rezos, bautizos, matrimonios, entre otros".

El TSE realizó este recordatorio "considerando que se han presentado varias denuncias a la normativa supra indicada" y que el precedente que nos dejó la elección presidencial de 2018 sigue muy cerca: en marzo del año anterior, el Tribunal condenó a la Conferencia Episcopal de Costa Rica y la Federación Alianza Evangélica Costarricense por la emisión de un "Manifiesto conjunto” en que, en media campaña electoral, se mezcló la actividad político electoral con expresiones religiosas.

El "Manifiesto" condenado señalaba que:

Hacemos un llamado a todos los cristianos y todos los ciudadanos a participar en las elecciones del 04 de febrero, meditando delante de Dios y de sus conciencias su voto para los cargos de presidente y vicepresidentes y para diputados, conscientes de que es un deber para todo ciudadano costarricense el elegir a quienes detentarán puestos de responsabilidad política”.

Además, y según informó en ese momento el Semanario Universidad, a marzo del año pasado y de cara a la segunda ronda electoral, el TSE había recibido un total de 386 denuncias por propaganda ilegal con motivos religiosos, contra el Partido Restauración Nacional (PRN) y su entonces candidato presidencial Fabricio Alvarado Muñoz, así como contra su esposa, Laura Moscoa.

Chang vs Sobrado

Este lunes, y casi en reacción a la carta enviada por el TSE, la diputada trásfuga de Restauración Nacional y afín a Fabricio Alvarado, Carmen Chan Mora, señaló que "el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) no debe limitar el pensamiento de los votantes en contra del aborto".

Las declaraciones las brindó la legisladora luego de que le presidente del TSE, Luis Antonio Sobrado González, asegurase la semana anterior que "los temas nacionales y, especialmente los temas polarizantes (como el del aborto), no deberían de tener ninguna presencia en la discusión preelectoral a nivel municipal".

En declaraciones brindadas a AmeliaRueda.com, Sobrado aseguró que

No es la primera vez en que hemos llamado a que todos nos concentremos en estos temas locales y que de manera irresponsable no se trate de llevar a la discusión temas de alcance nacional que nada tienen que ver con el proceso electoral. Sin duda la discusión que debe de prevalecer en esta elección es una discusión sobre los problemas locales y sobre las candidaturas locales, yo creo que debemos de respetar el espacio de los munícipes, que es el habitante de cada cantón, que pueda concentrarse en los problemas de su comunidad, que no necesariamente son los problemas de la comunidad de al lado y sobre los méritos de los candidatos y la solvencia de su propuesta".

Para Chan, sin embargo, la postura de su agrupación provida sobre este tema no es parte de una estrategia de campaña, "sino se trata del sistema de creencias y valores sobre los que se sustenta nuestro partido".

Habrá que estar pendiente para ver si en el transcurso de la campaña electoral, el TSE opina lo mismo o, en su defecto, se sanciona su uso electoral nuevamente.