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— Otro foco de conflicto le apareció ayer al Ejecutivo al no lograr comunicar de forma oportuna y clara una acción que auguraba ser por todos lados polémica.

— Resulta que el presidente Carlos Alvarado y la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar Montoya, impusieron un veto a un proyecto de ley aprobado recientemente por la Asamblea Legislativa, el cual tenía como propósito garantizar que los destinos específicos a favor de sedes regionales de las universidades públicas que fueron derogados por el plan fiscal, se mantuvieran a perpetuidad en un monto no inferior al que se registró en 2018 cuando se aprobó la Ley 9635.

— Como recordarán, una de las medidas de "saneamiento de las finanzas públicas" fue derogar toda una serie de destinos específicos que acaparaban importantes cantidades de recursos de algunos impuestos y que, al estar fijados en montos porcentuales o actualizados según la inflación, hacían imposible al Ministerio de Hacienda recortarlos pues entre más recaudaba, más debía girar hacia los beneficiados de esos destinos.

— Por ejemplo la sede de Paraíso de la UCR tenía a su favor un destino específico desde 1993 fijado inicialmente en 75 millones de colones de lo recaudado por concepto de Impuesto sobre la Renta. La Ley 6450 que creó ese destino específico indicaba además que el monto debía actualizarse cada año de la misma forma en que se actualiza el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), de modo que al 2018 el aporte para esa sede llegó a 971 millones de colones (12,94 veces su monto original).

— Aunque el plan fiscal derogó esas asignaciones específicas, el artículo 24 en el capítulo de la Regla Fiscal, estableció que las mismas debían continuar girándose en un monto nominal no inferior al del 2018, momento para el cual entró a regir la ley. Es decir, la derogatoria fue en realidad un "desenganche" para que los montos dejaran de crecer de la forma exponencial  de la forma en que lo estaban haciendo.

— No conformes con la redacción de ese artículo, algunos sectores afectados por la medida (incluida la sede de la UCR de Paraíso) se acercaron a los diputados para solicitar una reforma legislativa que dejara aún más claro que el presupuesto que tenían en 2018 no se vería disminuido en el futuro. Fue por ello que un grupo de diputados de Cartago presentó el expediente 21.277 con el cual se agregaba una frase final al artículo 24 en mención, de modo que dijera que la asignación no podía ser inferior a la del 2018 no solo para las sedes y recintos universitarios cuyos destinos específicos fueron "derogados", sino todos los destinos específicos derogados en la ley.

ARTÍCULO 24.- La Dirección General de Presupuesto Nacional realizará la asignación presupuestaria de las transferencias utilizando los criterios del artículo anterior. Dicha asignación no podrá ser inferior al presupuesto vigente, en el momento de aprobación de esta ley; incluyendo los destinos específicos derogados en esta ley.
(Lo resaltado es lo que se agregaba con la reforma)

— Aquí está el problema y motivo del veto del Ejecutivo. Aunque la reforma nació de los diputados con el fin de proteger los recursos de las sedes regionales universitarias, la redacción del proyecto (al que además se le exoneró del trámite de comisión y por ende de mociones para mejorarlo) abre el portillo para discutir la vigencia de todos los destinos específicos derogados por el plan fiscal, incluyendo el 7% de todo lo recaudado por Impuesto sobre la Renta para el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) o el 5,25% para las Juntas de Educación.

— Naturalmente después de ver las "demostraciones de fuerza" de distintas instituciones para hacer valer la Ley 9635 no es de extrañar la decisión del mandatario y la ministra de Hacienda. Aguilar inclusive afirmó que los diputados "se extralimitaron" con el proyecto al no especificar que aplicaba solo para sedes y recintos de universidades públicas, mientras que el presidente Alvarado expuso en el veto que la reforma era innecesaria, pues según sentenció la Sala Constitucional la futura aplicación de la Regla Fiscal no podría darse sobre los destinos derogados, ya que estos, jurídicamente, ya no existen; pero sí existe la obligación de mantenerlos en un monto no inferior al que tenían para 2018... Ajá, toda una paradoja.

— Pero dado que la Asamblea Legislativa se tomó "la molestia" de tramitar una reforma de forma expedita, el Ejecutivo propuso una nueva redacción para el proyecto que dice así:

ARTÍCULO 24- Asignación presupuestaria. La Dirección General de Presupuesto Nacional realizará la asignación presupuestaria de las transferencias utilizando los criterios del artículo anterior. Dicha asignación no podrá ser inferior al presupuesto vigente, en el momento de aprobación de esta ley; incluyendo los destinos específicos establecidos para las sedes regionales de las universidades públicas derogados en ésta ley.
(Lo resaltado es lo que se agregaría con la versión del Poder Ejecutivo)

Dicha propuesta no cayó nada bien en algunos diputados. José María Villalta Floréz-Estrada, por ejemplo, anunció que presionará para que la protección de la reforma aplique para todos los destinos derogados y no solo los de sedes y recintos universitarios; Luis Fernando Chacón Monge (PLN, Cartago y proponente del proyecto) dijo que falló la comunicación ya que nunca se les advirtió del efecto negativo que tendría la redacción aprobada, mientras que Pablo Heriberto Abarca Mora del PUSC dijo que el Ejecutivo hacía "drama innecesario" y que corregirían la redacción, aunque dijo que debieron haberlo advertido antes.

— De parte del Poder Ejecutivo no supieron comunicar adecuadamente la intención del veto, y se generó cierta controversia ya que el anuncio del veto, sumado a recientes declaraciones de Alvarado sobre el financiamiento de las universidades públicas, hacían muy sencillo que se criticará lo hecho como un "ataque a la educación superior". Desde Casa Presidencial se dieron cuenta del error cinco horas después del comunicado inicial, por lo que publicaron un segundo comunicado casi a media noche, incluyendo esta vez la propuesta del Ejecutivo para el artículo 24, a modo de aclarar la intención del veto.

— Sin embargo, este hecho demuestra una cosa: las consecuencias que puede tener aprobar el trámite rápido de proyectos sin siquiera pasar por una comisión y ni esperar a que el informe técnico-legal que la asesoría de los diputados realiza para cada proyecto esté listo antes de aprobar la vía rápida. Al final la responsabilidad es única y exclusiva de la Asamblea, porque es esta la que tiene la potestad constitucional de tramitar y aprobar las leyes.

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