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Diputados reducirán diferencia de edad necesaria para adoptar mayores de edad

El Plenario de la Asamblea Legislativa aprobó este lunes, en primer debate, una reforma al Código de Familia con la cual se pretende reducir a diez años la diferencia de edad que debe haber entre una persona o pareja y la persona mayor de edad a la que quieran adoptar.

Se trata de una modificación al artículo 106 inciso c) de dicha ley que actualmente establece que la diferencia de edad entre adoptante y adoptado debe ser de al menos 15 años, independientemente de que el adoptado sea menor o mayor de edad.

Con la reforma tramitada en el expediente 20.108, presentada en septiembre de 2016 por la diputada Emilia Molina Cruz del Partido Acción Ciudadana (PAC), la diferencia de edad entre adoptante y adoptado mayor de edad se reduce a 10 años, manteniendo en 15 años la diferencia para adoptar personas menores de edad.

En aquella ocasión la diputada Molina justificó la necesidad de su proyecto afirmando que el mismo era necesario para permitir que personas mayores de edad, que gozan de sus derechos constitucionales, puedan ser adoptados e integrados en el núcleo de una familia a la cual desean pertenecer.

"La diferencia de edad se disminuiría para las adopciones de mayores de edad, por considerar que no es razonable que la norma aplique la misma diferencia de quince años de edad, tratándose de personas menores o mayores de edad, por cuanto la situación jurídica, entre ambos grupos no es equiparable", explicó la exdiputada al proponer la iniciativa.

A modo de ejemplo, Molina criticó que los ciudadanos que desean adoptar a un mayor de edad pero tienen el impedimento actualmente vigente sí puedan ser (por ejemplo) presidente de la República (30 años, podría adoptar a alguien de 15 años o menos), ser diputados (21 años, no puede adoptar pues se requieren 25 años), ministros de gobierno (25 años, puede adoptar a alguien de 10 años o menos) o magistrados (35 años, puede adoptar a alguien de 20 años o menos).

Si la reforma es aprobada en segundo debate una persona de 18 años podrá ser adoptada por otra que tenga 28 años. Aunque esta misma persona con 28 años no podría adoptar a una persona mayor de 13 y menor de 18 años.

En el primer debate el proyecto obtuvo 39 votos a favor y ninguno en contra.

Restauración no firmará proyecto de uniones civiles

La fracción de Restauración Nacional, en pleno, tomó la decisión de no firmar el anteproyecto de ley que pretende crear la figura de "uniones civiles" para parejas del mismo sexo, con miras a "evitar" el matrimonio igualitario en Costa Rica.

El primero en anunciar la negativa fue el jefe de fracción de los restauradores, Eduardo Cruickshank, quien la semana anterior dijo que analizaría el proyecto versus las resoluciones de la Sala Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos para tomar una decisión sobre apoyar o no el proyecto.

Y una vez hecho el análisis, Cruickshank concluyó que el mismo no impediría la habilitación del matrimonio para parejas del mismo sexo y además, tiene "una serie de errores en su forma y en su fondo".

Aunque en un inicio la fracción no pudo reunirse para tomar una decisión en su conjunto, una vez terminado el Plenario de este lunes se emitió un comunicado de prensa en el que confirmaban su negativa de dar 8 firmas a las 25 que ya tiene el anteproyecto impulsado desde la Unidad Social Cristiana y los tránsfugas de Restauración.

Decidimos no dar nuestra firma a este plan porque no tiene la virtud de impedir el matrimonio entre personas del mismo sexo, y no difiere de lo autorizado por la Sala Constitucional porque contiene los mismos alcances y efectos; y en ambos casos no son consecuentes con nuestros principios y valores.

Cruickshank dijo que si la Sala Constitucional anuló la disposición del Código de Familia que prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo, es esa Sala la que debe asumir la responsabilidad de su decisión ante los costarricenses de posición contraria.

Dragos Dolanescu, diputado que plasmó la primer firma en el anteproyecto de ley había dicho que si Restauración no ponía sus firmas, el proyecto no sería presentado a la corriente legislativa.

Otros congresistas que firmaron el anteproyecto han hecho amagos de no confirmar su apoyo hasta después de estudiarlo. Pasadas las 8 pm del lunes, Pablo Heriberto Abarca del PUSC informó vía Twitter que no daría su firma al proyecto.

Agresores no tendrán derecho a heredar

Los diputados también aprobaron este lunes en el Plenario, en primer debate, el expediente 20.867 "Ley para actualizarlas causales de indignidad para heredar", propuesto por el diputado José María Villalta del Frente Amplio en junio de 2018.

Con esta iniciativa se reforman y aumentan de cinco a siete las causales por las cuales una persona es declarada legalmente "indigna" de recibir una herencia según el Código Civil:

  1. Quien dé muerte o atente contra la vida del causante, sus padres, consorte o hijos, les ocasione lesiones o cometa agresiones físicas, agresiones sexuales o alguna ofensa grave contra estas personas, su honra o su memoria; siempre que las conductas sean debidamente comprobadas.
  2. Quien acuse o denuncie falsamente al causante por un delito que no cometió o en un proceso penal declare falsamente contra el causante.
  3. Quien se encuentre en alguno de los casos previstos en el artículo 196 del Código de Familia
  4. Quien se niegue a proporcionar alimentos al causante, estando obligado a ello, de conformidad con los artículos 169 y 173 del Código de Familia.
  5. Quien abandone al causante u omita brindarle un trato en condiciones dignas, o brindarle auxilio y acompañamiento, teniendo posibilidad de hacerlo, hallándose el causante imposibilitado de valerse por sí mismo, por padecer alguna enfermedad, presentar alguna discapacidad o ser una persona menor de edad o adulta mayor.
  6. Quien, por recibir la herencia o legado, estorbe con fraude o fuerza al causante para que haga testamento o revoque el hecho, sustraiga o destruya dicho testamento, o fuerce al causante a testar.
  7. Quien mediante engaño, abuso de poder o coacción o valiéndose de un estado especial de vulnerabilidad de la persona, haya inducido al causante a realizar actos de disposición sobre sus bienes, derechos o recursos económicos, de forma que importe efectos jurídicos perjudiciales para sí o sus dependientes directos.

Asimismo se reforma la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, para clarificar que las causales de indignidad para heredar según dicha ley (agresión física, agresión sexual, agresión psicológica y explotación de personas adultas mayores) no se contradicen ni sustituyen, sino que complementan las del Código Civil.

Otros proyectos aprobados

Además de los dos proyectos anteriormente mencionados, este lunes el Plenario aprobó otras cuatro iniciativas en primer debate.

La primera de ellas es el expediente 19.835 "Adición de un artículo 112 bis a la Ley N. ° 8508, Código Procesal Contencioso Administrativo, de 28 de abril de 2006, y sus reformas, para regular la caducidad del proceso" que, como su nombre lo dice, viene a reformar la caducidad en los procesos contenciosos-administrativos.

Por recomendación del Colegio de Abogados se definió que la caducidad del proceso sucederá cuando por culpa del actor no se haya procurado su curso por un término superior a los seis meses. Dicho plazo se contabilizará a partir de la última actividad de la parte actora dirigida a la efectiva prosecución del proceso y la resolución que declare la caducidad del proceso tendrá autoridad de cosa juzgada formal y podrá ser apelada dentro del tercer día hábil ante el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.

Este proyecto recibió 40 votos a favor y 0 en contra.

Luego se encuentran tres convenios internacionales que pasarán a revisión de la Sala Constitucional:

Expediente 20.185: "Convenio Marco de Cooperación entre la República de Costa Rica y la República Dominicana"

Expediente 20.168: "Acuerdo de Cooperación Cultural, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República Italiana"

Y el expediente 20.141: "Acuerdo Marco de Cooperación entre la República de Costa Rica y la República de Indonesia"

Breves

— El exviceministro de Hacienda, Nogui Acosta, volverá a trabajar como asesor en la Asamblea Legislativa luego que la Unidad Social Cristiana le ofreciera una plaza tras su renuncia del Ejecutivo, luego que se le cuestionara por ser el tesorero de una sociedad familiar que adeuda millones de colones al Fisco y a la Seguridad Social. El diputado Erwen Masís se opone a esta contratación, dadas las circunstancias en las que Acosta abandonó Hacienda.

— Mención de honor a la diputada Zoila Volio, quien este lunes presidió el Plenario: ordenó a los diputados Ivonne Acuña y José María Villalta apegar sus discursos a los proyectos de ley que estaban en discusión, luego que los dos se pusieran a hablar sobre uniones civiles y petróleo, respectivamente, durante la discusión de los convenios internacionales con los gobierno de Indonesia e Italia.

— La diputada Nidia Céspedes se mantuvo de pie toda la sesión de este lunes como forma de protesta contra la firma de la norma técnica sobre aborto terapéutico. Al menos este lunes, a diferencia de la semana pasada, los congresistas no rompieron el quorum ni obstaculizaron el avance normal de la sesión.

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