El ministro de la Presidencia, Víctor Morales Mora afirmó este martes que la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) no está desaplicando la reforma fiscal aprobada a finales del 2018.

En conferencia de prensa después del Consejo de Gobierno, Morales aseguró que la institución está aplicando la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas desde diciembre anterior, según lo dice el texto de la Ley y las salvedades que hizo la Sala Constitucional en su opinión consultiva sobre el entonces expediente 20.580.

[El acuerdo] no les da ningún plus, ni aumento salarial, ni ningún privilegio

Morales fue reiterativo en que la inaplicabilidad de la regla fiscal en la Caja del Seguro no es fruto del acuerdo, sino de una sentencia judicial y dijo que la misma ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, así lo había comunicado

"La Caja no está desaplicando la reforma fiscal. El conflicto es por la forma de cálculo de los pluses y anualidades anteriores a la entrada en vigencia de la Ley. Se están adaptando los sistemas para aplicar las disposiciones de empleo público de la Ley 9635 en los próximos meses", agregó Morales.

¿Qué dijo la Sala Constitucional?

"El Título IV del proyecto de ley consultado desarrolla una política económica de Estado que, por su incidencia nacional en el manejo de las finanzas públicas, involucra la relación del gobierno central con el resto de los entes y órganos del sector público no financiero. En ese marco, la Sala constata que, efectivamente, el numeral 5 somete también a la Caja Costarricense de Seguro Social a la aplicación de una regla fiscal, exceptuando lo relativo a los recursos del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y del Régimen No Contributivo que administra dicha institución. (...)

De este modo, si bien las normas cuestionadas efectúan solo dos salvedades (los recursos del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y del Régimen No Contributivo), lo cierto es que la imposibilidad constitucional de transferir o emplear los fondos del seguro de enfermedad y maternidad constituye una excepción dimanada de nuestra Carta Magna, en defensa de la autonomía de gobierno de la CCSS y del apropiado uso de los recursos de dicho seguro. (...)

En resumen, el hecho de que la norma cuestionada expresamente excluya de la regla fiscal a los recursos del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y al Régimen No Contributivo administrado por la CCSS, no es per se inconstitucional, toda vez que, por un lado, la introducción de tales excepciones es constitucionalmente imperativa, y, por otro, tal alusión no obsta para que el seguro de enfermedad y maternidad también se encuentre excluido por aplicación directa de los postulados 73 y 177 de la Constitución Política, de manera que en lo atinente a tales aspectos no emerge vacío jurídico alguno que contraríe el orden constitucional"