La Procuraduría General de la República (PGR), ente que funge como abogado del Estado, rechazó la pretensión del Ministerio de Hacienda de tener por derogadas tácitamente las exoneraciones del Impuesto sobre las Ventas que fueron promulgadas por leyes distintas, como las de autos eléctricos.
Así consta en el criterio vinculante C-185-2019 emitido ayer 4 de julio a solicitud de la ministra de Hacienda, Rocío Aguilar Montoya.
El criterio fue suscrito por Juan Luis Montoya Segura, procurador tributario quien concluyó que la lista de exoneraciones contenidas en el plan fiscal respecto al IVA, viene a sustituir la lista de exoneraciones contenidas en la Ley 6826, Ley de Impuesto General sobre las Ventas, mas no deroga las exoneraciones que fueron otorgadas por otras leyes respecto a ese tributo.
"No puede entenderse que las exenciones del mal llamado impuesto de ventas otorgadas mediante otras leyes hayan sido derogadas tácitamente por las razones explicadas supra. Debe aclararse también, que las exenciones del impuesto de ventas que fueron otorgadas por plazos determinados a tenor de la Ley N° 6826 se mantienen vigentes hasta el advenimiento del plazo", dice el criterio
La abogacía del Estado sostuvo este criterio dado que los diputados no dispusieron de forma expresa la derogación de las exoneraciones creadas por otras leyes, y además, durante la discusión del plan fiscal no se pronunciaron discursos respecto a esa situación, por lo que existe un vacío sobre la voluntad del legislador respecto a ese extremo.
Ante la ausencia de nomas derogatorias en dicha ley no puede concluirse que exista una derogatoria tacita de la Ley No. 6826 ni de las exenciones creadas a su amparo.