En una verdadera democracia sólo la ciudadanía tiene derecho a elegir en secreto con su conciencia.  Eso es así, porque se pretende que la persona elija libremente, de acuerdo con sus valores y creencias, a solas, sin ningún tipo de miedo a represalias de los poderes fácticos, públicos y privados, que se mueven en una elección popular. Es, entonces, una expresión de libertad personal, consustancial a la democracia. Si eso no existe, lo que hay es un arremedo de democracia: una mentira.

Por eso es perverso hacer creer a la gente que esa misma razón es la que está detrás de la votación que pretenden hacer en secreto en el Parlamento, para decidir la continuidad del magistrado Paul Rueda en la Sala Constitucional. El presidente de la Asamblea Legislativa, en un burdo esfuerzo de justificar lo injustificable, le dice a la prensa que la votación será secreta “porque así elegimos a nuestras autoridades”.  Parece andar perdido, cuál chiquito de la Llorona, el señor presidente Legislativo; sin embargo, con la experiencia política que tiene, cuesta creer que se lo esté creyendo.

Y conste que Paul Rueda no es santo de mi devoción. Si por mí fuera nunca le habría nombrado magistrado. Estoy de acuerdo con algunas de sus sentencias, con muchas estoy en desacuerdo, incluyendo el adefesio que legitimó la reforma fiscal.

Mi defensa es por la democracia, que requiere independencia judicial y rendición de cuentas. Dos aspectos que ante esta decisión han quedado en el olvido en esta lamentable Asamblea Legislativa.

La lógica del voto popular es diametralmente opuesta a la lógica del voto de quienes nos representan. De acuerdo con los principios democráticos de transparencia y rendición permanente de cuentas a la ciudadanía, cada acción, cada decisión que tomen quienes nos representan, debe ser auscultada y evaluada por quienes les pusieron ahí. Es prohibido olvidar, señores y señoras diputadas, que de acuerdo con nuestra Constitución, ustedes son meros depositarios provisionales de la autoridad que les dimos. Es decir, les dimos un mandato, y como mandantes, requerimos saber siempre qué están haciendo con nuestro mandato. No tienen derecho a hacer nada a escondidas. Decidan de acuerdo con su conciencia; adelante, pero estén dispuestos a asumir de frente las consecuencias de sus actos.

Cuando creíamos que la discusión sobre la publicidad de la votación para remover o destituir a una persona Magistrada la habíamos zanjado en el periodo anterior, con la destitución de Celso Gamboa, surge de nuevo esta polémica, que hoy no es inocente, ni gratuita. Recomiendo revisar esas actas. Se dijo mucho en aquel momento.  Desde intentar amedrentar a diputados con amenazas de demandas millonarias por hacer público su voto, hasta intentar convencer de que aunque quisieran, por mandato del Reglamento Legislativo, la votación había que hacerla secreta. Otros nos mantuvimos firmes en defender la tesis de que el secreto de la votación en el Parlamento, por lo que expliqué antes, debe ser entendido de manera restrictiva, por ser algo excepcional al principio de publicidad.

Nos sirvió de mucho el Voto 2014-4182 de la Sala Constitucional, que invito también a leer. En resumen, el fallo aplica los principios de publicidad y transparencia, como principios vitales para el ejercicio del cargo constitucional de diputados y diputadas de la República, y que además son consustanciales al Estado constitucional de derecho, y particularmente rigen con mayor esplendor tratándose de los quehaceres legislativos, por cuanto en este recinto legislativo concurren y comparecen los representantes de la Nación a tratar de deliberar y decidir los asuntos que originalmente le corresponden al pueblo y que son delegados por este de forma popular, concurriendo a las urnas electorales.  Que en virtud de esa responsabilidad, los diputados y diputadas tienen que tomar decisiones con respecto a los asuntos propios de una democracia representativa y participativa, que deben ser tratados con absoluta publicidad y a plena luz, sin posibilidad ninguna de impedirle a la ciudadanía, la opinión pública y los medios de comunicación colectiva, tener conocimiento y conciencia de lo que en ese recinto parlamentario se discute, se delibera y también se vota.

La aplicación de esos principios democráticos y de rendición de cuentas dichosamente prevaleció en aquella sesión de la Asamblea y la votación fue pública y nominal (cada uno dijo su nombre e indicó cómo votaba). Pueden leer en las actas nuestra preocupación porque de haberse votado en secreto, tal vez Celso Gamboa aún sería magistrado de la República.

Ninguna decisión de la Asamblea aplicando estos principios democráticos corre peligro de caerse. El diputado o diputada que no quiera rendir cuentas, mejor que recoja sus cosas y se vaya.

Ante el calor del escrutinio público, los contubernios y pactos particulares se derriten. Arrojemos toda la luz posible, para que, como las cucarachas cuando destapamos sus escondrijos, esos contubernios tengan que correr a esconderse a otra parte.

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