La Sección de Ejecución de Sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo ordenó embargar el salario de Juan Ramón Chacón Calderón, exgerente de comercio internacional de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope), luego que su nombramiento e indemnización por haber sido despedido fueran anulados por haberse hecho de forma ilegal.

Así consta en una resolución emitida el 4 de junio anterior por la jueza Sady Jiménez Quesada, a raíz de un proceso de lesividad declarado de puro derecho iniciado por Recope desde octubre del año 2009 y que pese a haber sido fallado en el año 2010, fue hasta ahora que llegó a su etapa de ejecución.

El caso se remonta al 11 de setiembre de 2009 cuando la Junta Directiva de Recope acordó instruir a su Dirección Jurídica el interponer un proceso judicial con el fin de anular el acuerdo adoptado por ese cuerpo colegiado el 12 de enero del 2006, donde se nombró a Chacón como Gerente de Comercio Internacional y Desarrollo a plazo fijo por seis años; así como otro acuerdo del 19 de mayo del 2006 donde se acordó pagarle una indemnización de seis meses y 22 días de salario por la finalización anticipada del contrato. 

El Tribunal Contencioso tuvo por probado, en octubre de 2010, que el nombramiento de Chacón se hizo de forma ilegal, lo mismo que el pago de la indemnización por haber sido removido de su puesto antes de cumplirse el plazo de seis años estipulado en su contrato firmado en 2006.

A esa conclusión llegaron los jueces tras determinar que los gerentes de área de Recope son funcionarios de confianza, de libre nombramiento y remoción por parte de la Junta Directiva, y por ende no están amparados al principio de estabilidad en el empleo, por lo que pueden ser nombrados y removidos libremente.

Hacer un nombramiento a plazo fijo en un cargo de confianza, supone otorgar cierta estabilidad para que el titular de ese nombramiento desarrolle su función, la cual, resultaría incompatible con la libertad de nombramiento y remoción que caracteriza a este tipo de cargos, pues implicaría una limitación en el ejercicio de esa potestad.

Por lo anterior, el Tribunal en aplicación del principio de legalidad señaló que solo era posible hacer un nombramiento fijo en una plaza de confianza si una ley expresamente así lo preveía, sin embargo, la de Recope no es el caso y por ende los dos acuerdos de la Junta Directiva sometidos a su conocimiento adolecían de un vicio de nulidad absoluta, ya que resultan sustancialmente contrarios al ordenamiento jurídico.

Los jueces concluyeron que aunque el despido del funcionario sí le daba derecho a recibir lo correspondiente a días de salario de mes laborado cuando fue cesado, proporción de vacaciones y aguinaldo, la compensación de daños y perjuicios por rompimiento del contrato antes del tiempo fue ilegal.

"El acto que le sirve de fundamento para disponer el pago de la indemnización prevista en el artículo 31 del Código de Trabajo, adolece de un vicio de nulidad absoluta, ya que no existe fundamento legal para el nombramiento a plazo fijo de los gerentes de área de RECOPE, dado que son puestos de confianza y de libre nombramiento y remoción, por lo que, su relación de empleo público es a plazo indefinido, ya que no existe una norma legal que disponga lo contrario", dice la sentencia 2417-2010 de la cual Delfino.cr tiene copia.

Por todo lo expuesto, este Tribunal considera que tanto el acto de nombramiento del demandado en el puesto de Gerente de Comercio Internacional y Desarrollo de la Refinadora Costarricense de Petróleo, (..) como el (...) indemnizar a Juan Ramón Chacón Calderón por los daños y perjuicios ocasionados a consecuencia del cese de funciones en el puesto de Gerente de Comercio Internacional y Desarrollo de RECOPE, con anterioridad al vencimiento del plazo de seis años por el que fue nombrado, adolecen de un vicio de nulidad absoluta

Por todo lo anterior, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda declaró la nulidad absoluta del acuerdo y condenó a Chacón a pagar 7,69 millones de colones por la indemnización que recibió de forma indebida, los intereses que generara dicha cifra hasta su efectivo pago y las costas del proceso. El fallo fue reconfirmado por el Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda el 28 de julio de 2011.

Aunque Recope en setiembre de 2011 inició el proceso para ejecutar la sentencia y recuperar los montos pagados indebidamente, Chacón se acercó para formalizar un posible arreglo de pago, sin embargo, las conversaciones fueron infructuosas y no se concretó arreglo alguno.

A raíz de ello, el Tribunal Contencioso sentenció en 2012 que el funcionario debía pagarle a Recope ¢7.691.786,55 de principal y ¢3.287.981,64 de intereses, calculados del 19 de mayo de 2006 al 21 de septiembre de 2011 (lapso entre el pago indebido de la indemnización laboral y la liquidación de los extremos concedidos en sentencia firme ante el juez ejecutor). También se condenó al demandado al pago de ¢1.538.357,31 por concepto de costas personales (honorarios de abogado) y ¢120.000 por concepto de costas procesales (gastos del proceso judicial).

Chacón alegó posteriormente que los intereses estaban prescritos, sin embargo, en febrero de 2019 se rechazó dicha afirmación y se aumentó lo que debía cancelar por intereses a ¢3.456.231,58.

Actualmente el funcionario se desempeña como asesor en la fracción del diputado socialcristiano Pedro Muñoz. Según información de la Asamblea Legislativa su salario es de 1.85 millones de colones y la jueza Jiménez Calderón ordenó a la Asamblea retener y depositar a una cuenta bancaria la cuota legal a embargar, la cual a la fecha de dicha resolución ascendía a 11 millones 148 mil colones.

Consultado por Delfino.cr sobre este caso, Chacón afirmó que en mayo 2006 la junta directiva de Recope nombrada por Oscar Arias decidió despedir a los gerentes de filiación reconocida del Partido Unidad Social Cristiana, incluido él. "La Junta Directiva pidió el criterio legal de Rubén Hermandez, que indicó que en vista de que nuestro nombramiento era hasta el 2011, se nos deberían pagar seis meses de retribución adicional que era lo que correspondía por jurisprudencia. A todos se nos pagó esa suma y nos echaron de Recope para nombrar amigos del PLN", comentó.

"Si mal no recuerdo, fue en 2011 cuando el auditor Marcos Rueda, con el afán de despedir al asesor legal Ricardo Rodríguez, indicó que el criterio legal que sirvió para que se diera el nombramiento nuestro en el 2005, era un criterio legal mal dado. Por esa razón se planteó en el seno de la Junta Directiva nombrada por Laura Chinchilla que se presentara un contencioso de lesividad que fue fallado en contra de los que habíamos sido despedidos en el 2006", afirmó Chacón.

El funcionario dijo que aunque las decisiones del 2006 al 2012 no eran de su resorte, él estaba dispuesto a resolver un arreglo de pago con la empresa, sin embargo, el gerente de Recope en la administración de aquel momento dijo que eso no merecía ser resuelto y dejó el tema archivado.

"Entiendo que no hubo una negativa tácita. Yo había conversado con el abogado de Recope y con el tesorero de la empresa; llegamos a definir un esquema de pagos y luego el gerente dejó el tema archivado. Tez mi error fue no haber insistido en ese momento", insistió.

De igual forma, Chacón señaló que cuando el juicio fue fallado en su contra, Recope pidió el embargo de sus bienes y cuentas, más no el salario; sin embargo esos embargos fenecieron en los tribunales pues la empresa estatal nunca se preocupó por ejecutarlos.

Del 2012 al 2018 Recope no hizo nada al respecto y la verdad, yo creí que el tema había prescrito. En 2018 cuando me enteré que el tema seguía vivo, yo le envié a Recope una nota diciéndoles que desde el 2012 yo había querido resolver el asunto y que eso no había sucedido por el desinterés de ellos en el tema. Ellos me devuelven una propuesta de arreglo cobrando unos intereses que según varios amigos abogados no correspondían pues Recope nunca había solicitado la ejecución de los mismos.

Finalmente, Chacón dijo que pese a que el año pasado planteó a la empresa el pagar lo adeudado, se quedó esperando por una respuesta. "He concluido que el tema lo tienen ahí por aquello de que ocupen presionar a alguien", dijo y afirmó que desconocía que a inicios de este mes llegó al Congreso la orden para embargar su salario.