Al menos tres hombres que aún no han sido identificados lanzaron en horas de la madrugada un artefacto explosivo contra la oficina de la diputada del Partido Integración Nacional (PIN), Zoila Volio Pacheco, sin que se registraran mayores daños al recinto de la Asamblea Legislativa.
De acuerdo con las autoridades, el atentado se registro a la 1:30 a.m. en el bulevar que interconecta la Asamblea Legislativa con el Parque Nacional y el Teatro Nacional, el cual tiene varias cámaras de seguridad que habrían captado el hecho.
Por lo anterior, las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública, Asamblea Legislativa y Dirección de Inteligencia y Seguridad (DIS) se encuentran revisando los vídeos para determinar la posible identidad de los responsables.
La propia diputada Volio confirmó vía Twitter que la bomba fue colocada en su despacho y que una vez las autoridades hicieran el informe respectivo, lo compartirían con la prensa.
El director ejecutivo de la Asamblea Legislativa, Antonio Ayales, calificó el hecho como un atentado y reportó daños solo en la cristalería de la oficina de la diputada, dada la dureza de los muros.
En declaraciones recogidas por CRHoy, el funcionario dijo que no es posible que los ciudadanos se manifiesten de esa manera cuando en la Asamblea siempre ha imperado el diálogo.
En la Asamblea hay manifestaciones todos los días pero no de este tipo de actos. Esto es vandalismo, terrorismo y es muy peligroso caer en esas prácticas. Los diputados siempre están dispuestos a dialogar, esto no está bien.
El incidente fue reportado inicialmente como el lanzamiento de una bomba molotov, sin embargo, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) indicó horas después que se trató de una bombeta cuya potencia fue aumentada a base de azúcar y otro material acelerante.
El Código Penal de Costa Rica sanciona con cárcel de 5 a 10 años a quien cause un incendio o explosión que cree peligro para personas o bienes; elevando la pena de 6 a 15 años de cárcel para quien lo cause con fines terroristas o poniendo en peligro de destrucción bienes de valor científico, artístico, histórico o religioso.
De igual forma, la legislación dispone cárcel de 6 a 10 años a las personas que se asocien para cometer actos de terrorismo; y cárcel de 6 a 10 años a quien reclute a otro para participar en la comisión de cualquier acto terrorista o incite a otros a cometer cualquier acto terrorista, sin importar en la fase de ejecución que participe.