La Ley del Derecho al Tiempo entró en vigencia este lunes, con lo cual se amplía el plazo que tienen las víctimas de delitos sexuales que sean menores de edad para poder presentar una denuncia.
La iniciativa se tramitó en el expediente legislativo 21.261 y fue aprobada el 23 de abril del 2019, 69 días después de haberse presentado en febrero de ese mismo año a iniciativa del diputado Enrique Sánchez y otros. La publicación se dio en La Gaceta de este lunes, 55 días después de la aprobación de los diputados.
Con la modificación ya hecha, se establece que el plazo de prescripción de la acción penal si no se ha iniciado la persecución penal será de 25 años después de que la víctima haya cumplido la mayoría de edad, cuando se trate de delitos sexuales cometidos contra personas menores de edad o sin capacidad volitiva o cognoscitiva.
Esta regla aplicará indistintamente para todo autor, cómplice o partícipe responsable del respectivo hecho punible, siempre que al momento de delinquir hayan adquirido la mayoridad.
De este modo, la víctima tendrá tiempo hasta que cumpla los 43 años de edad para decidir si presenta una denuncia por los hechos de los que fue víctima cuando fue menor.