La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia desestimó una denuncia penal por estafa presentada contra el diputado Wálter Muñoz Céspedes del Partido Integración Nacional (PIN), por el cierre de campaña fallido del excandidato presidencial de ese partido, Juan Diego Castro. 

La denuncia fue presentada por María Elena Gamboa Rodríguez, subsecretaria general del PIN y quien apareció junto a Castro en una transmisión de Facebook Live el miércoles 6 de febrero de 2018, donde se dijo que la alta dirigencia del PIN "hizo fiesta" y "saboteó" las elecciones.

Gamboa --quien además fue candidata a diputada por el PIN-- denunció que el diputado firmó el 25 de enero de 2018 un contrato por 22 millones de colones con William Muñoz, representante de la empresa Producciones Torre Fuerte, para realizar un evento de cierre de campaña de Juan Diego Castro el 27 de enero de ese año, sin embargo, el mismo no se realizó porque William Muñoz informó un día antes que faltaban los permisos.

Según la denuncia, el representante de la empresa se quedó con los 11 millones de colones que le fueron dados como adelanto, pese a que el evento no se realizó; y en los documentos entregados ante la Fiscalía y el Organismo de Investigación Judicial se alegó un supuesto parentesco entre Wálter Muñoz y William Muñoz, por tener el mismo apellido.

Tras analizar el caso, la Fiscalía General de la República encabezada por Emilia Navas solicitó la desestimación de la causa, afirmando que no era posible establecer una confabulación entre Wálter y William Muñoz para engañar al Partido Integración Nacional y así quedarse con el dinero pagado por adelantado.

"La circunstancia que William Muñoz y Wálter Muñoz llegaran juntos a las oficinas del Partido y que éste último portara el contrato con Producciones Torre Fuerte, mismo que fue propuesto y aceptado por Carlos Alvarado [Castro], tesorero, y doña Cecilia Moreira entonces candidata a la Vicepresidencia, no es indicio suficiente de que don Wálter Muñoz, conociera la intención futura de William Muñoz, de incumplir lo pactado, así como inducir dolosamente a los personeros del Partido ya citados, con el fin de que le entregaran a William Muñoz, los once millones de colones y así, obtener un beneficio patrimonial ilegítimo", dice la resolución de la cual Delfino.cr tiene copia.

De acuerdo con los magistrados, no se tiene noticia de que los permisos para el evento de cierre de campaña hubiesen sido debidamente tramitados y fue hasta un día antes de la actividad que el diputado Muñoz fue enterado de esa situación, lo cual hizo de conocimiento de sus copartidarios.

La tesis de que Wálter Muñoz se confabuló de alguna forma con William Muñoz para engañar a los miembros de su propio Partido Político, no encuentra asidero en la prueba evacuada hasta este momento procesal. Estima esta Cámara, que los elementos probatorios que se han hecho llegar al proceso, han sido analizados de forma certera por la Fiscalía General a cargo del proceso, razón por la cual, son atendibles sus razones. En consecuencia, de conformidad con los numerales 282, 299 y 394 del Código Procesal Penal, se acoge la solicitud de desestimación.